A/RES/48/30
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7.
Alienta a los Estados a que difundan, según proceda, en el plano
nacional, la información contenida en el informe del Secretario General;
8.
Hace un llamamiento a los Estados, las organizaciones
internacionales y las organizaciones no gubernamentales que realizan
actividades en materia de derecho internacional, así como al sector privado,
para que hagan contribuciones financieras o en especie con miras a facilitar
la ejecución del programa;
9.
Pide una vez más al Secretario General que señale el programa que
figura en el anexo de la resolución 47/32 a la atención de los Estados y de
las organizaciones e instituciones internacionales que realizan actividades en
la esfera del derecho internacional;
10.
Decide que se celebre en 1995 un congreso de las Naciones Unidas
sobre derecho internacional público, con arreglo a la propuesta que figura en
la parte III del informe del Grupo de Trabajo4, y pide al Secretario General
que comience los preparativos para el congreso y mantenga informados a los
Estados Miembros sobre la evolución de esos preparativos;
11.
Expresa su reconocimiento por la labor del grupo de expertos
encargado de estudiar la cuestión de la protección del medio ambiente en
tiempo de conflicto armado realizada bajo los auspicios del Comité
Internacional de la Cruz Roja y por el informe preparado por el Comité
Internacional de la Cruz Roja5;
12.
Invita a todos los Estados a que examinen el proyecto de
directrices sobre la protección del medio ambiente en tiempo de conflicto
armado para manuales y programas de instrucción militares, que figura como
anexo del informe del Comité Internacional de la Cruz Roja, y a que transmitan
a éste sus observaciones a más tardar el 31 de marzo de 1994, directamente o
por conducto del Secretario General;
13.
Acoge con beneplácito la intención del Comité Internacional de la
Cruz Roja de elaborar una nueva versión de las directrices para manuales
militares, teniendo en cuenta las observaciones de los Estados consignadas en
el informe del Secretario General2 que contiene información recibida del
Comité Internacional de la Cruz Roja, y observa que éste se encuentra
dispuesto a convocar, en caso necesario, una reunión de expertos
gubernamentales con ese objeto;
14.
Pide al Secretario General que invite al Comité Internacional de
la Cruz Roja a informar sobre las actividades emprendidas que éste mismo y
otros órganos pertinentes hayan emprendido respecto de la protección del medio
ambiente en tiempo de conflicto armado y que presente la información recibida
a la Asamblea General, en su cuadragésimo noveno período de sesiones, en el
informe que deberá preparar con arreglo al párrafo 5 supra;
15.
Decide incluir en el programa provisional de su cuadragésimo
noveno período de sesiones el tema titulado "Decenio de las Naciones Unidas
para el Derecho Internacional".
73ª sesión plenaria
9 de diciembre de 1991
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4
A/C.6/48/L.9.
5
A/48/269, secc. II.