A/HRC/57/48 85. El Relator Especial considera que los bienes comunes no deben gestionarse como recursos de libre acceso. Al concebir los bienes comunes como “de libre acceso”, idea propia de la colonización y el acaparamiento de tierras y aguas, el primer ocupante es dueño de los derechos al uso de la tierra y el agua o bien el Estado se apropia de esos derechos y los asigna a los grandes productores para aumentar la productividad. Por el contrario, deben gestionarse desde la responsabilidad comunitaria compartida, con normas de uso establecidas que provean los medios económicos necesarios para gestionar eficazmente la propiedad en cuestión. A. Sistemas tarifarios 86. En la visita que realizó el Relator Especial a una aldea africana, una mujer explicó las dificultades que encontraba para recuperar la gestión comunitaria de los pozos de la aldea, de cuya gestión se encargaba una empresa multinacional en virtud de una concesión estatal. Dijo que, con arreglo al principio de responsabilidad compartida, con la gestión comunitaria se eximía del pago a las familias que no podían costear el agua y todos les ayudaban con herramientas y otros medios, mientras que la empresa privada les cortaba el suministro. La comunidad acuerda tarifas o tareas compensatorias y elige un comité para la gestión diaria, tratando el agua y las fuentes como bienes comunes. 87. En cuanto a los servicios de agua y saneamiento en pueblos y ciudades, el Relator Especial recomienda promover sistemas tarifarios sin fines de lucro basados en bloques de consumo y aumentar las tarifas. El primer bloque debería ofrecer una tarifa asequible o gratuita para lo que se considera y regula como el mínimo vital para una vida digna (la Organización Mundial de la Salud propone entre 50 y 100 litros diarios por persona, al menos para personas en situación de pobreza y vulnerabilidad). El segundo bloque debería ajustarse para recuperar costos. En cambio, a los usos de lujo les correspondería un precio más elevado; de este modo se garantiza un servicio excelente a todos los residentes, incluso a los que les cuesta pagar. 88. Si se comparan esos criterios con la lógica del mercado, es evidente que el mercado aplica precios más bajos a los buenos clientes para fomentar el consumo y potenciar los beneficios. Sin embargo, en el sistema de tarifas propuesto se hace lo contrario: el objetivo no es generar beneficios, sino garantizar un buen servicio de acceso universal, asegurando su viabilidad económica y reduciendo al mínimo la huella ecológica. 89. Por ejemplo, en Lyon (Francia), el sistema de precios comprende una cuota de conexión fija, un uso inicial gratuito, un segundo nivel con un precio por metro cúbico y un tercer nivel que cuesta el doble. Para las familias y las personas vulnerables, el precio garantizado del consumo estándar es inferior al 3 % de sus ingresos71. 90. Las tarifas de riego suelen calcularse en función de la superficie regada, en lugar del agua utilizada72. Sin embargo, la cantidad de agua utilizada puede variar mucho, dependiendo del uso más o menos responsable del regante y, en gran medida, del cultivo regado. Por lo tanto, es esencial establecer unas tarifas que sean proporcionales al agua utilizada, lo que obliga a instalar contadores o sistemas de medición y control del caudal73. 91. La instalación de contadores es todavía más importante en el caso de las aguas subterráneas, especialmente en acuíferos que corren riesgo de sobreexplotación. En el caso de las aguas subterráneas, la gobernanza participativa de los usuarios de los acuíferos sujetos a supervisión pública conllevará unos costos de gestión más elevados que los costos de 71 72 73 GE.24-13383 Amandine Le Blanc, “Des changements à venir pour les tarifs de l’eau potable”, MeT’, 6 de marzo de 2024, puede consultarse (en francés) en https://met.grandlyon.com/des-changements-a-venir-pourles-tarifs-de-leau-potable. Véase https://hispagua.cedex.es/sites/default/files/especiales/Tarifas_agua/tarifa_utilizacion_ riego.html. Eduardo Andreé Zavala García y Xavier Horacio Valencia Zambrano, “Políticas tarifarias de riego y su incidencia en el desarrollo agrícola aguas abajo del sitio de presa Poza Honda”, Polo de Conocimiento, vol. 6, núm. 9 (2021). 15

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