A/HRC/57/48
98.
En todo el mundo se aplicaron y se siguen aplicando importantes subvenciones para
atender objetivos sociales, proporcionando recursos esenciales, como agua potable, a zonas
rurales y urbanas y desarrollando el regadío para millones de agricultores de bajos ingresos 76.
99.
El Relator Especial reconoce que se crearon y se siguen creando subvenciones
indebidas bajo la influencia de poderosos grupos de presión, de modo que se manipula el
concepto de interés general. Sin embargo, a pesar de esas derivas perversas, hay que valorar
el efecto positivo de las inversiones públicas y las subvenciones sociales justas en la gestión
del agua.
100. En este sentido, a menudo se propone fomentar la inversión privada como solución
para alcanzar el Objetivo de Desarrollo Sostenible 6, ofreciendo perspectivas de negocio
poco realistas a los grandes inversionistas privados. El Relator Especial advierte que hacer
efectivos los derechos humanos al agua y al saneamiento de 2.000 millones de titulares de
derechos empobrecidos supone un reto democrático, no una oportunidad de negocio.
101. Para aplicar un enfoque basado en los derechos humanos a fin de alcanzar el
Objetivo 6 hay que centrar la atención en las poblaciones que viven en la pobreza y dar
prioridad a los presupuestos públicos, tanto nacionales como internacionales. Es necesario
reforzar la financiación internacional para los países más empobrecidos en este frente, y
redoblar los esfuerzos corresponsables desde los presupuestos nacionales, garantizando la
transparencia, la participación pública y la rendición de cuentas.
102. La India está demostrando que la financiación pública y el compromiso político a
varios niveles pueden generar inversiones a gran escala en infraestructuras hídricas. En 2019,
se puso en marcha el plan Har Ghar Jal, financiado íntegramente con dinero público, con el
objetivo de ofrecer a todos los hogares rurales un acceso asequible y regular al agua potable
salubre del grifo a más tardar en 202477.
103. En los últimos decenios, la privatización de los servicios ha ido acompañada de una
inversión privada mínima. En un informe publicado en 2010, el Banco Mundial y la Agencia
Francesa de Desarrollo revelaron que, en el sector del agua de África Subsahariana, el 99,6 %
de la inversión procedía del sector público o de ayudas, y solo el 0,4 % de fuentes privadas.
104. Al conceder financiación pública en condiciones ventajosas (plazos de amortización
largos, intereses bajos e incluso subvenciones), se debe dar prioridad a los servicios de agua
y saneamiento. Del mismo modo, las estrategias financieras combinan esas iniciativas con
otros recursos extrapresupuestarios. La Plataforma Tecnológica Española del Agua es un
buen ejemplo, con métodos de participación pública, transparencia y rendición de cuentas,
que busca reforzar y diversificar la financiación pública y asesorar a las instituciones locales
en la preparación de proyectos78.
D.
Principio de recuperación de costos
105. El principio de recuperación de costos, incluidos los ambientales, se basa en sistemas
tarifarios sin fines de lucro y responsabiliza a quienes se benefician del servicio. Dado que
son esenciales para los derechos humanos, las tarifas de los servicios de agua y saneamiento
deben tener en cuenta los costos reales del servicio, incluidas las medidas sociales adecuadas
y la depreciación, sustitución y el mantenimiento de las infraestructuras.
106. Ese principio debe promover incentivos para el ahorro, el uso eficiente y la protección
de los ecosistemas mediante un sistema tarifario adecuado y subvenciones cruzadas justas
que favorezcan a las personas empobrecidas. Algunos de los costos que hay que tener en
cuenta son el mantenimiento y la sustitución de las redes y otras infraestructuras. Los
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GE.24-13383
Manuel Díaz Marta, “Evolución de las políticas hidráulicas españolas desde la Ilustración hasta
nuestros días”, en El agua a debate desde la Universidad. Hacia una nueva cultura del agua –
Ier Congreso Ibérico sobre Planificación y Gestión de Aguas, Pedro Arrojo Agudo y Javier Martínez
Gil, eds. (Zaragoza, Prensas de la Universidad de Zaragoza, 1999), págs. 67 a 77.
Véase https://ejalshakti.gov.in/jjmreport/JJMIndia.aspx.
Véase https://ptea.es.
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