A/HRC/57/48
especulación en situaciones de escasez. Por otro lado, al reasignar caudales durante las
sequías, deben dar prioridad a los derechos humanos, los sectores más vulnerables y la
sostenibilidad de los ecosistemas90.
129. Existe un amplio abanico de medidas que pueden integrarse en los planes de
adaptación basados en políticas públicas adecuadas que no impliquen manipular el agua en
mercados de futuros ni emprender estrategias especulativas91.
VII. Conclusiones y recomendaciones
130. Habida cuenta de que las Naciones Unidas tienen que elaborar una estrategia
general sobre el agua y el saneamiento, el Relator Especial recomienda:
a)
Reconocer el agua como un bien común, con responsabilidades anidadas
a nivel local, de cuenca y global;
b)
Reconocer los ecosistemas acuáticos, ríos, humedales y acuíferos como
patrimonio natural común, vinculado a las poblaciones que dependen de ellos y que
deben asumir la responsabilidad de garantizar su buen estado y su sostenibilidad desde
una perspectiva intergeneracional;
c)
Reconocer las aguas extraídas de estos ecosistemas como un bien común
de las poblaciones que se abastecen de ellas para usos múltiples, con la responsabilidad
de garantizar la primacía de los derechos humanos, así como el uso equitativo y
responsable desde la lógica del interés general;
d)
Reconocer el ciclo del agua y el sistema climático como patrimonio global
común de la humanidad, estableciendo criterios justos de responsabilidad y acuerdos e
instituciones que permitan una gobernanza democrática eficaz.
131. El Relator Especial recomienda promover un enfoque de gestión del agua
presidido por el principio de sostenibilidad y basado en los derechos humanos,
sustentado en las siguientes prioridades:
a)
Agua para la vida, como prioridad máxima, en usos y funciones que
favorezcan la sostenibilidad, la biodiversidad y, en particular, la vida y la dignidad de
las personas;
b)
Agua de interés general, en los usos y las funciones que se hayan
establecido como de interés general para la sociedad, en un segundo nivel de prioridad;
c)
Agua para el desarrollo económico, en un tercer orden de prioridad, en
actividades productivas, más allá de las necesidades básicas y el ejercicio de los derechos
humanos.
132.
El Relator Especial recomienda:
a)
Establecer de forma efectiva el dominio público sobre los ríos, humedales
y acuíferos, así como sobre las aguas extraídas de ellos, con el fin de promover una
gestión sostenible, equitativa, participativa, transparente y responsable;
b)
Planificar y gestionar el agua a nivel de cuenca, desde instituciones
abiertas a una amplia participación pública;
c)
Velar por una gestión sin fines de lucro de los servicios de agua potable y
saneamiento a partir de las competencias locales, reforzando las capacidades locales
mediante estrategias de alianzas público-públicas y forjando estrategias de alianzas
público-comunitarias en los lugares en que esté vigente la gestión comunitaria;
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GE.24-13383
A/76/159.
Ibid.
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