A/79/151
Unión Europea para proporcionar directrices metodológicas claras que contemplen la
inclusión LGBT en todas las misiones de observación.
63. Los grupos de observación ciudadana no partidistas también pueden desempeñar
un papel importante en la supervisión de las elecciones 187. La participación de las
personas LGBT en las elecciones rara vez es un tema concreto de atención en los
informes de los grupos nacionales de observadores ciudadanos. En un ejemplo
constructivo, las organizaciones centradas en los derechos de las personas LGBT
llevaron a cabo misiones de observación electoral en Colombia en 2022 y 2023,
contribuyendo a una mejor comprensión de las causas de la discriminación y la
violencia contra las personas LGBT durante las elecciones 188. En Kenya, en 2022, el
registro de varias organizaciones LGBT como observadores electorales aumentó la
visibilidad de las personas LGBT en el proceso electoral y tuvo un efecto atenuante
de la violencia 189.
64. En varias de las comunicaciones se destacó el positivo papel desempeñado por
la sociedad civil a la hora de promover cambios en la legislación y en las prácticas.
Por ejemplo, las consultas que condujeron a que el Brasil permitiera a los votantes
trans inscribirse con su identidad de género y nombre declarado 190 y a que colaborara
con organizaciones de comprobación de hechos para combatir la desinformación en
los medios sociales en el país 191, y a que en Hungría se evaluara y difundiera
públicamente material de educación electoral dirigido a los votantes LGBT 192. Sin
embargo, es necesario prestar atención a la forma en que “los controles financieros
burocráticos y los requisitos de presentación de informes �� pueden tener un impacto
en las organizaciones LGBT, en particular en las organizaciones de mujeres que
trabajan por los derechos relacionados con la orientación sexual y la identidad de
género y otras cuestiones en el contexto del aumento del fundamentali smo 193, que a
menudo impone limitaciones a la financiación antes de las elecciones 194. En
particular, las “disposiciones que restringen o prohíben el derecho a la libertad de
asociación - incluido el derecho a acceder a la financiación - de un grupo concreto
por motivos discriminatorios como la orientación sexual o la identidad de género,
están prohibidas por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y deben
ser revisadas con vistas a su derogación” 195. Las personas LGBT que se enfrentan a
una marginación múltiple pueden, además, estar infrarrepresentadas o excluidas de
las organizaciones y movimientos de la sociedad civil que solo representan un aspecto
de su identidad, como los que se centran en la discriminación relacionada con la raza
pero no con el género, o en la discapacidad pero no en cómo la discapacidad interactúa
con la orientación sexual 196.
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Declaración de Principios Globales para la Observación y Monitoreo No Partidario de
Elecciones Realizado por Organizaciones Ciudadanas, adoptada el 3 de abril de 2012 en la Sede
de las Naciones Unidas.
Comunicación de Caribe Afirmativo, pág. 12.
Comunicación de Ronald Kihali, pág. 2.
Comunicación de VoteLGBT, pág. 9.
Ibid., pág. 10.
Comunicación de la institución nacional de derechos humanos de Hungría, pág. 5.
A/75/184, párr. 71.
Véase A/HRC/50/23.
Ibid., párr. 47.
Véase A/75/184.
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