A/RES/60/119
Observando con interés la cooperación y la participación activa de algunas
Potencias administradoras en los trabajos del Comité Especial, y alentando a las demás
a que hagan lo mismo,
Tomando nota de que, del 17 al 19 de mayo de 2005, el Comité Especial celebró
en Canouan (San Vicente y las Granadinas) el Seminario Regional del Caribe sobre el
examen de mitad de período, el seguimiento y las prioridades para la acción del
Segundo Decenio Internacional para la Eliminación del Colonialismo 2,
1.
Reafirma su resolución 1514 (XV) y todas las demás resoluciones y
decisiones sobre la descolonización, incluida su resolución 55/146, por la que declaró
el período 2001-2010 Segundo Decenio Internacional para la Eliminación del
Colonialismo, y exhorta a las Potencias administradoras a que, de conformidad con
esas resoluciones, adopten todas las medidas necesarias para que los pueblos de los
territorios no autónomos de que se trate puedan ejercer plenamente y sin más demora
su derecho a la libre determinación, incluida la independencia;
2.
Reafirma una vez más que la
sus formas y manifestaciones, incluida
con la Carta de las Naciones Unidas,
independencia a los países y pueblos
Derechos Humanos 3;
existencia del colonialismo en cualquiera de
la explotación económica, es incompatible
la Declaración sobre la concesión de la
coloniales y la Declaración Universal de
3.
Reafirma su determinación de seguir adoptando todas las medidas
necesarias para lograr la eliminación completa y rápida del colonialismo y la
observancia estricta por todos los Estados de las disposiciones pertinentes de la Carta,
la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos
coloniales y la Declaración Universal de Derechos Humanos;
4.
Afirma una vez más su apoyo a las aspiraciones de los pueblos bajo
dominación colonial a ejercer su derecho a la libre determinación, incluida la
independencia, de conformidad con las resoluciones de las Naciones Unidas sobre la
descolonización;
5.
Exhorta a las Potencias administradoras a que cooperen plenamente con el
Comité Especial para concluir antes de fines de 2005 un programa de trabajo
constructivo, caso por caso, para los territorios no autónomos, con objeto de facilitar el
cumplimiento del mandato del Comité Especial y de las resoluciones sobre
descolonización, incluidas las relativas a territorios concretos;
6.
Acoge complacida los avances logrados en las consultas que se están
celebrando entre el Comité Especial y Nueva Zelandia, en su condición de Potencia
administradora de Tokelau, con la participación de representantes del pueblo de
Tokelau, como demuestra la decisión de noviembre de 2003 del Fono General de
Tokelau de estudiar activamente junto con Nueva Zelandia la posibilidad de la
autonomía en régimen de libre asociación;
7.
Acoge con beneplácito el envío de la Misión Especial de las Naciones
Unidas a Bermuda, a petición del Gobierno territorial y con el consentimiento de la
Potencia administradora, que proporcionó información a la población del Territorio
sobre el papel de las Naciones Unidas en el proceso de libre determinación, sobre las
opciones legítimas respecto de la condición política definidas claramente en su
_______________
2
3
2
Ibíd., cap. II, anexo.
Resolución 217 A (III).
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