A/RES/48/152
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Recordando la resolución 1984/37 del Consejo Económico y Social, de
24 de mayo de 1984, en la que el Consejo pidió al Presidente de la Comisión de
Derechos Humanos que nombrase un relator especial para que estudiara la
situación de los derechos humanos en el Afganistán, con miras a formular
propuestas que contribuyeran a asegurar la plena protección de los derechos
humanos de los habitantes del país antes del retiro, durante el retiro y
después del retiro de todas las fuerzas extranjeras,
Recordando también su resolución 47/141, de 18 de diciembre de 1992, y
todas sus demás resoluciones pertinentes, así como las resoluciones de la
Comisión de Derechos Humanos y las decisiones del Consejo Económico y Social,
Tomando nota, en particular, de la resolución 1993/66 de la Comisión de
Derechos Humanos, de 10 de marzo de 1993 5/, en la que la Comisión decidió
prorrogar por un año el mandato del Relator Especial sobre la situación de los
derechos humanos en el Afganistán y pedirle que informara a la Asamblea
General en su cuadragésimo octavo período de sesiones, y de la decisión
1993/275 del Consejo Económico y Social, de 28 de julio de 1993, en la que el
Consejo aprobó la decisión de la Comisión,
Tomando nota de que, tras la caída del antiguo Gobierno del Afganistán,
se ha establecido en el Afganistán un Estado Islámico de transición 6/,
Observando con profunda preocupación que, pese a los esfuerzos y las
iniciativas del Gobierno del Afganistán con miras a lograr una paz y una
estabilidad completas, subsiste en partes del territorio del Afganistán, en
particular en Kabul, una situación de enfrentamiento armado que afecta sobre
todo a la población civil, que sigue siendo blanco de ataques militares
indiscriminados por parte de grupos rivales, y que también ha causado un
espectacular aumento del número de personas desplazadas dentro del país,
Preocupada porque la situación reinante en el país en lo que respecta al
orden político y jurídico está afectando a la seguridad de los miembros de
todos los grupos étnicos y religiosos, incluidas las minorías,
Observando con preocupación que se informa de violaciones de los
derechos consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos 2/, como los derechos a la vida, a la libertad, a la seguridad de la
persona y a la libertad de opinión, de expresión y de asociación,
Profundamente preocupada por la violación de los derechos humanos de las
mujeres que perpetran facciones contendientes en el Afganistán y por la falta
de respeto hacia las mujeres y su honor, su integridad física y su dignidad,
según ha informado el Relator Especial,
Preocupada por las informaciones de que diversos grupos rivales
mantienen en reclusión a prisioneros por razones políticas, en particular, en
prisiones dirigidas por partidos políticos, entre los cuales hay varios
miembros del Gobierno anterior,
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5/
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1993,
Suplemento No. 3 (E/1993/23), cap. II, secc. A.
6/
Véase A/47/656, anexo, apéndice I.
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