A/RES/49/10
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6.
Condena enérgicamente a las autoridades serbias autoproclamadas en
los territorios de Bosnia y Herzegovina controlados por los serbios por sus
acciones encaminadas a lograr la depuración étnica de esas zonas como cuestión
de política;
7.
Reafirma su apoyo del principio de que todas las declaraciones y
compromisos hechos bajo coacción, particularmente aquéllos relacionados con la
tierra y la propiedad, son nulos y sin valor;
8.
Reafirma que la comunidad internacional no aceptará las
consecuencias de la depuración étnica y que aquéllos que han usurpado tierras
y otras propiedades merced a la depuración étnica y mediante el uso de la
fuerza deberán renunciar a esas tierras, de conformidad con las normas de
derecho internacional;
9.
Reafirma una vez más el derecho de los refugiados y las personas
desplazadas de las zonas de conflicto en el territorio de la ex Yugoslavia a
regresar voluntariamente a sus hogares en condiciones seguras y con dignidad,
y pide en consecuencia a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Refugiados y a otros organismos pertinentes de las Naciones
Unidas que faciliten su retorno;
10.
Insta a la Oficina del Alto Comisionado a
programa de asistencia humanitaria, preste asistencia
intercambios culturales entre Sarajevo y otras partes
y la comunidad internacional y facilitar la entrega y
Sarajevo de un equipo eficaz de comunicación para uso
que, como parte de su
apropiada para propiciar
de Bosnia y Herzegovina
la instalación en
de la población civil;
11.
Condena enérgicamente todas las violaciones de los derechos
humanos y del derecho internacional humanitario cometidas por las partes en
conflicto, en particular las violaciones cometidas como política sistemática y
flagrante, y a escala masiva, por Serbia y Montenegro y los serbios de Bosnia
contra el pueblo de Bosnia y Herzegovina;
12.
Expresa su profunda alarma por la persistencia de abusos
sistemáticos contra albaneses, bosnios, húngaros y croatas, y otras minorías
en Kosovo, Sandzak y Vojvodina, respectivamente, por parte de las autoridades
de Serbia y Montenegro, y a ese respecto condena la decisión de esas
autoridades de no renovar el mandato de las misiones de verificación enviadas
a esas regiones por la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en
Europa;
13.
Pide que la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y
Montenegro) respete su compromiso y su obligación de aplicar las resoluciones
pertinentes del Consejo de Seguridad, incluida la resolución 752 (1992), de 15
de mayo de 1992, y de suspender todo apoyo militar y logístico a los serbios
de Bosnia, y apoya la decisión del Consejo de terminar automáticamente la
suspensión parcial de sanciones en el caso de que la República Federativa no
aplique efectivamente su decisión de cerrar la frontera entre la República de
Bosnia y Herzegovina y la República Federativa de conformidad con la
resolución 943 (1994) del Consejo, de 23 de septiembre de 1994;
14.
Pide que haya un reconocimiento mutuo entre la República de Bosnia
y Herzegovina y la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro)
dentro de sus fronteras existentes internacionalmente reconocidas como medida
decisiva hacia la consecución de un arreglo de paz duradero;
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