A/RES/49/98
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Tomando nota de la Declaración aprobada en la Reunión Ministerial de los
países menos adelantados 2/, celebrada en la Sede de las Naciones Unidas el 4
de octubre de 1994, en cumplimiento de la decisión adoptada en la Reunión
Ministerial celebrada en Dhaka en febrero de 1990,
Recordando además que el principal objetivo del Programa de Acción es
evitar que siga empeorando la situación socioeconómica de los países menos
adelantados, reactivar y acelerar su crecimiento y desarrollo, y encauzarlos
hacia un crecimiento económico sostenido y un desarrollo sostenible,
Expresando su grave preocupación por el persistente empeoramiento de la
situación socioeconómica de los países menos adelantados en general,
Expresando también preocupación por los limitados progresos obtenidos
hasta ahora en la aplicación del Programa de Acción,
Reconociendo la especial importancia del examen mundial de mitad de
período de la aplicación del Programa de Acción, que ofrecerá a la comunidad
internacional la oportunidad de instaurar medidas y políticas nuevas y
correctivas, incluido un apoyo externo más sólido en todas las esferas a los
países menos adelantados con objeto de respaldar sus esfuerzos por lograr la
aplicación cabal, eficaz y oportuna del Programa de Acción en el período
restante del decenio,
Destacando la importancia de que se efectúen preparativos oportunos y
adecuados para el examen mundial de mitad de período de la aplicación del
Programa de Acción,
Destacando también la necesidad de proporcionar recursos suficientes
para garantizar la participación plena y eficaz de los países menos
adelantados en la Reunión Intergubernamental de Alto Nivel sobre el examen
mundial de mitad de período de la aplicación del Programa de Acción en favor
de los países menos adelantados para el decenio de 1990,
Recordando la decisión 412 (XL) de la Junta de Comercio y Desarrollo, de
29 de abril de 1994, relativa a la Reunión Intergubernamental de Alto Nivel
sobre el examen mundial de mitad de período de la aplicación del Programa de
Acción 3/,
Tomando nota de las conclusiones convenidas 413 (XL) de la Junta de
Comercio y Desarrollo, de 29 de abril de 1994, sobre el examen de los
progresos realizados en la ejecución del Programa de Acción en favor de los
países menos adelantados para el decenio de 1990 3/, que fueron reafirmadas,
entre otras cosas, en el The Least Developed Countries 1993-1994 Report 4/,
2/
A/49/506, anexo.
3/
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo
noveno período de sesiones, Suplemento No. 15 (A/49/15), vol. I, cap. I,
secc. A.
4/
Publicación de las Naciones Unidas, No. de venta:
E.94.II.D.4.
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