A/HRC/RES/23/21 i) Ponga fin a las políticas de "culpabilidad por asociación" contra los familiares de quienes eluden el servicio nacional o tratan de huir de Eritrea; j) Coopere plenamente con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, de conformidad con sus obligaciones internacionales de derechos humanos, entre otras cosas autorizando una misión de la Oficina solicitada por la Alta Comisionada, los órganos de tratados de derechos humanos y todos los mecanismos del Consejo de Derechos Humanos, y con todos los mecanismos internacionales y regionales de derechos humanos; k) Proporcione a la Oficina del Alto Comisionado toda la información pertinente sobre la identidad, la seguridad, el bienestar y el paradero de todas las personas detenidas y las personas desaparecidas en combate, en particular los periodistas y los combatientes de Djibouti; l) Aplique plenamente la Constitución de Eritrea aprobada en 1997 y gobierne de conformidad con los principios del Estado de derecho; 4. Insta a Eritrea a que facilite información sobre los combatientes de Djibouti desaparecidos en combate desde los enfrentamientos que tuvieron lugar del 10 al 12 de junio de 2008, para que los interesados puedan comprobar la presencia de los prisioneros de guerra de Djibouti y las condiciones en que se encuentran; 5. Decide prorrogar el mandato de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea por un período de un año, y pide a la Relatora Especial que le presente un informe en su 26º período de sesiones y que se dirija a la Asamblea General y entable con ella un diálogo interactivo en su sexagésimo octavo período de sesiones; 6. Exhorta al Gobierno de Eritrea a que coopere plenamente con la Relatora Especial, le permita que visite el país, preste la debida consideración a las recomendaciones de su primer informe y le facilite la información necesaria para el cumplimiento de su mandato y subraya la importancia de que todos los Estados presten apoyo a la Relatora Especial en el desempeño de su mandato; 7. Insta a la comunidad internacional a cooperar plenamente con la Relatora Especial y a intensificar los esfuerzos para dar protección a quienes huyen de Eritrea, en particular los niños no acompañados, cada vez más numerosos; 8. Solicita al Secretario General que proporcione a la Relatora Especial toda la información y los recursos necesarios para el desempeño de su mandato; 9. Decide seguir ocupándose de la cuestión. 40ª sesión 14 de junio de 2013 [Aprobada sin votación.] 4 GE.13-15094

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