A/RES/64/205
para el desarrollo sostenible de las regiones montañosas con iniciativas de cooperación
bilateral, multilateral y Sur-Sur, así como otros enfoques de colaboración;
25. Pone de relieve la importancia de intercambiar mejores prácticas,
información y tecnologías adecuadas que sean ecológicamente racionales para el
desarrollo sostenible de las regiones montañosas, y alienta a los Estados Miembros
y a las organizaciones pertinentes a que lo hagan;
26. Observa que la financiación para el desarrollo sostenible de las regiones
montañosas ha adquirido una importancia creciente, sobre todo a la luz del
reconocimiento cada vez mayor de la trascendencia mundial de las montañas y del
alto nivel de pobreza extrema, inseguridad alimentaria y dificultades que enfrentan
las comunidades de esas regiones;
27. Invita a los gobiernos, el sistema de las Naciones Unidas, las instituciones
financieras internacionales, el Fondo para el Medio Ambiente Mundial y todas las
convenciones de las Naciones Unidas y sus organismos de financiación
competentes, en el marco de sus respectivos mandatos, así como a todas las partes
directamente interesadas de la sociedad civil y el sector privado, a que consideren la
posibilidad de prestar apoyo, en particular mediante contribuciones financieras
voluntarias, a los programas y proyectos locales, nacionales e internacionales de
desarrollo sostenible de las regiones montañosas, especialmente en los países en
desarrollo;
28. Subraya la importancia que reviste para el desarrollo sostenible de las
regiones montañosas explorar una gran diversidad de fuentes de financiación, como
las alianzas entre el sector público y el privado, un mayor número de oportunidades
de microfinanciación, incluidos los microcréditos y los microseguros, los pequeños
préstamos para viviendas, las cuentas de ahorros y de servicios de educación y
salud, y el apoyo a los empresarios que deseen crear empresas pequeñas y medianas
y, cuando proceda, según el caso, la conversión de la deuda en financiación para el
desarrollo sostenible;
29. Alienta el desarrollo de nuevas cadenas de valor para la agricultura
sostenible y un mejor acceso de los agricultores y las empresas de la agroindustria
de las montañas a los mercados, así como su participación en ellos, a fin de
aumentar considerablemente los ingresos de los agricultores, especialmente de los
pequeños agricultores y las familias de agricultores;
30. Acoge con beneplácito la creciente contribución de las iniciativas de
turismo sostenible en las regiones montañosas como forma de mejorar la protección
ambiental y aumentar los beneficios socioeconómicos para las comunidades locales,
así como la demanda de los consumidores que se orienta cada vez más hacia el
turismo responsable y sostenible;
31. Observa la necesidad de que el público cobre mayor conciencia de los
beneficios económicos no contabilizados que proporcionan las montañas, no solo a
las comunidades de las regiones montañosas sino también a una gran proporción de
la población mundial que vive en tierras bajas, y subraya la importancia de mejorar
la sostenibilidad de los ecosistemas que proporcionan recursos y servicios esenciales
para el bienestar humano y la actividad económica y de elaborar medios
innovadores de financiación para protegerlos;
32. Reconoce que, por lo general, varios países comparten una misma
cordillera y, en ese contexto, alienta la adopción de enfoques de cooperación
transfronteriza, cuando los Estados interesados convengan en ello, a fin de promover
el desarrollo sostenible de las cordilleras y el intercambio de información pertinente;
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