A/HRC/55/53
los mercados, entre otras cosas30. Las principales causas inmediatas del reasentamiento
pueden organizarse en las siguientes categorías:
a)
Desastres y cambio climático. Entre estos factores figuran los desastres
naturales, como las inundaciones, las olas de calor y los incendios forestales, los corrimientos
de tierras, los tsunamis, los tifones, los terremotos y las erupciones volcánicas, que son
imprevisibles y suelen producirse sin previo aviso. También incluyen fenómenos “de
evolución lenta”, como el aumento del nivel del mar, la salinización, la degradación de los
bosques y las tierras, la pérdida de biodiversidad, la desertificación, la sequía y la hambruna.
El cambio climático y los desastres y fenómenos meteorológicos extremos conexos ocurren
en todo el mundo, pero suelen afectar con mayor frecuencia a las comunidades de renta baja.
Las condiciones sociales, económicas y políticas influyen en el grado de exposición y
vulnerabilidad a los efectos físicos de los desastres, y los grupos marginados suelen vivir en
zonas de mayor riesgo, disponen de recursos limitados y a menudo están excluidos o
infrarrepresentados en los órganos decisorios31. Con demasiada frecuencia, la reconstrucción
después de un desastre favorece los intereses de las élites y promueve la privatización o la
apropiación de tierras. También hay que señalar que los desplazamientos y reasentamientos
relacionados con la conservación, especialmente de zonas forestales, están aumentando
debido a la creación y ampliación de zonas protegidas, parques, reservas y santuarios, y a la
financierización de los riesgos climáticos, entre otras cosas a través del Programa de
Colaboración de las Naciones Unidas para Reducir las Emisiones debidas a la Deforestación
y la Degradación Forestal en los Países en Desarrollo (ONU-REDD) y otras iniciativas de
mitigación del cambio climático32. Dado que todas las fases de la construcción, la gestión y
la demolición tienen un fuerte impacto ambiental, es fundamental evitar los procesos
innecesarios de demolición de viviendas y reasentamiento, y garantizar que el reasentamiento
no solo respete los derechos humanos, sino que también sea sostenible desde el punto de vista
social y ambiental33;
b)
Futuros proyectos de desarrollo y dominio eminente. Se trata de los proyectos
de infraestructuras, producción de energía verde y otras energías, y las obras públicas. Los
proyectos de desarrollo, como las presas hidroeléctricas y los embalses de riego, los
aeropuertos, las carreteras y el tendido eléctrico, suelen justificarse por su utilidad para el
bien público, aunque los beneficios puedan ser captados por intereses privados o recaer en
un segmento dominante de la ciudadanía. La tierra suele adquirirse o expropiarse de
antemano mediante órdenes de dominio eminente o expropiación, las cuales otorgan al
Estado la potestad para adquirir o expropiar propiedades privadas para fines públicos. Los
marcos para indemnizar a los propietarios suelen prever el pago del “valor de mercado”,
aunque en muchos países también existen disposiciones para la indemnización en especie o
tierra por tierra34. Los proyectos de infraestructuras suelen contar con amplios fondos de los
Estados y las instituciones internacionales de desarrollo, que a menudo contribuyen de
manera decisiva a su realización, y por lo tanto desempeñan un papel capital en el
reasentamiento de las personas afectadas35. Las políticas y las normas que habilitan las zonas
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Véanse Ben White y otros, “The new enclosures: critical perspectives on corporate land deals”, The
Journal of Peasant Studies, vol. 39, núm. 3 y 4 (2012), págs. 619 a 647; Saskia Sassen, “Land grabs
today: feeding the disassembling of national territory”, Globalizations, vol. 10, núm. 1 (2013),
págs. 25 a 46; y Olivier De Schutter y Balakrishnan Rajagopal eds., Property Rights from Below:
Commodification of Land and the Counter-Movement (Londres, Routledge, 2019).
Véase Banco Mundial, Inclusive Approaches to Disaster Risk Management: A Qualitative Review
(2022).
Véanse los objetivos fijados en el Marco Mundial de Biodiversidad de Kunming-Montreal
(https://www.cbd.int/gbf/targets/).
Véanse A/HRC/52/28; Arun Agrawal y Kent Redford, “Conservation and displacement: an
overview”, Conservation & Society, vol. 7, núm. 1 (2009), págs. 1 a 10; y Joshua Hammond,
“Salvaging the United Nations REDD program against the backdrop of international human rights
violations”, Denver Journal of International Law & Policy, vol. 45, núm. 4 (2017).
Véase, por ejemplo, la Ley de Adquisición de Tierras, 2034 (1977), de Nepal, que contempla la
“atribución de otras tierras como contrapartida”.
Véase Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
(ACNUDH), Baseline Study on the Human Rights Impacts and Implications of Mega-Infrastructure
Investment (2017).
GE.24-00501