A/RES/57/74 de las minas antipersonal emplazadas en todo el mundo y la destrucción de esas minas; 7. Invita y alienta a todos los Estados interesados, a las Naciones Unidas, a otras organizaciones o instituciones internacionales competentes, a las organizaciones regionales, al Comité Internacional de la Cruz Roja y a las organizaciones no gubernamentales competentes, a que participen en el programa de trabajo entre períodos de sesiones establecido en la Primera Reunión de los Estados Partes en la Convención y elaborado ulteriormente en las reuniones Segunda, Tercera y Cuarta; 8. Pide al Secretario General que, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 11 de la Convención, lleve a cabo los preparativos necesarios para convocar la quinta Reunión de los Estados Partes en la Convención en Bangkok, del 15 al 19 de septiembre de 2003, y que, en nombre de los Estados Partes y de conformidad con el párrafo 4 del artículo 11 de la Convención, invite a los Estados que no sean partes en la Convención, así como a las Naciones Unidas, otras organizaciones o instituciones internacionales competentes, las organizaciones regionales, el Comité Internacional de la Cruz Roja y las organizaciones no gubernamentales competentes, a asistir a la Reunión en calidad de observadores; 9. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo octavo período de sesiones el tema titulado “Aplicación de la Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción”. 57ª sesión plenaria 22 de noviembre de 2002 3

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