A/HRC/RES/55/21
14.
Acoge con beneplácito también las medidas adoptadas para seguir reforzando
la capacidad de la Oficina del Alto Comisionado, incluida su estructura sobre el terreno en
Seúl, a fin de permitir la aplicación de las recomendaciones pertinentes formuladas en el
informe del grupo de expertas independientes sobre la rendición de cuentas, en concreto las
de intensificar las actuales actividades de vigilancia y documentación, establecer un archivo
central de información y pruebas, y encomendar a expertos y expertas en responsabilidad
jurídica la tarea de evaluar toda la información y todos los testimonios con miras a elaborar
posibles estrategias aplicables en todo proceso ulterior de rendición de cuentas, y alienta la
cooperación con una amplia gama de partes interesadas para recabar pruebas que puedan ser
utilizadas en futuras actuaciones penales;
15.
Decide, a tal fin, seguir reforzando la capacidad de la Oficina del Alto
Comisionado, incluida su estructura sobre el terreno en Seúl, con recursos y expertos
adicionales para incrementar el volumen de información directa recogida en el archivo
ampliando el número de entrevistas, así como para analizar dicha información;
16.
Solicita al Alto Comisionado que presente al Consejo de Derechos Humanos,
en su 60º período de sesiones, un informe exhaustivo que contenga información actualizada
sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea
desde 2014, fecha en que se publicó el informe de la comisión de investigación, y en el que
se haga un balance de la aplicación de las recomendaciones de la comisión, a lo que seguirá
un diálogo interactivo ampliado;
17.
Decide prorrogar por un año el mandato de la Relatoría Especial sobre la
situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, según lo
establecido por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 37/28;
18.
Solicita al Alto Comisionado que, en el informe que ha de presentar al Consejo
de Derechos Humanos en su 58º período de sesiones, de conformidad con la resolución 52/28
del Consejo, continúe examinando opciones para reforzar, institucionalizar y seguir
promoviendo la labor sobre la rendición de cuentas en la República Popular Democrática de
Corea;
19.
Solicita a la Oficina del Alto Comisionado que siga organizando una serie de
consultas y actividades de comunicación con las víctimas, las comunidades afectadas y otras
partes interesadas pertinentes, con el fin de garantizar un enfoque de la rendición de cuentas
centrado en las víctimas e incluir sus opiniones sobre las maneras de exigir responsabilidades;
20.
Exhorta nuevamente a todas las partes interesadas, incluidos los órganos de las
Naciones Unidas, a que estudien la posibilidad de aplicar las recomendaciones formuladas
por la comisión de investigación en su informe a fin de remediar la grave situación de los
derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea;
21.
Alienta a la estructura de la Oficina del Alto Comisionado sobre el terreno en
Seúl a que prosiga sus trabajos, acoge con beneplácito los informes que le presenta con
regularidad e invita al Alto Comisionado a que lo mantenga informado sobre la situación de
los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea;
22.
Exhorta a todos los Estados a velar por que la estructura de la Oficina del Alto
Comisionado sobre el terreno pueda funcionar de manera independiente, tenga suficientes
recursos para cumplir su mandato, cuente con la plena cooperación de los Estados pertinentes
y no se vea sometida a represalias ni amenazas;
23.
Solicita a la Oficina del Alto Comisionado que informe sobre su labor de
seguimiento en el informe anual del Secretario General a la Asamblea General sobre la
situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea;
24.
Solicita a la Relatoría Especial que presente al Consejo de Derechos Humanos
y a la Asamblea General informes periódicos sobre el desempeño de su mandato, incluidas
las labores de seguimiento realizadas para aplicar las recomendaciones de la comisión de
investigación;
GE.24-06419
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