A/RES/58/170
Civilizaciones, así como su resolución 56/6, de 9 de noviembre de 2001, titulada
“Programa Mundial para el Diálogo entre Civilizaciones”,
Destacando la necesidad de seguir avanzando en la promoción y el estímulo
del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales mediante, entre
otras cosas, la cooperación internacional,
Subrayando el hecho de que el entendimiento mutuo, el diálogo, la
cooperación, la transparencia y las medidas de fomento de la confianza son
elementos importantes de todas las actividades de promoción y protección de los
derechos humanos,
Recordando que la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos
Humanos aprobó en su 52° período de sesiones la resolución 2000/22, de 18 de agosto
de 2000, relativa a la promoción del diálogo sobre cuestiones de derechos humanos 4,
1.
Reafirma que es uno de los propósitos de las Naciones Unidas y
responsabilidad de todos los Estados Miembros promover, proteger y alentar el
respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales mediante, entre
otras cosas, la cooperación internacional;
Reconoce que, además de la responsabilidad individual que cada Estado
2.
tiene respecto de su sociedad, incumbe a todos la responsabilidad colectiva de
respetar los principios de la dignidad humana, la igualdad y la equidad en el plano
mundial;
Reafirma que el diálogo entre las culturas y civilizaciones facilita la
3.
promoción de una actitud de tolerancia y respeto de la diversidad y observa con
agrado, a ese respecto, la celebración de conferencias y reuniones de nivel nacional,
regional e internacional sobre el diálogo entre civilizaciones;
Insta a todas las partes de la comunidad internacional a que establezcan
4.
un orden internacional basado en la inclusión, la justicia, la igualdad y la equidad, la
dignidad humana, el entendimiento mutuo y la promoción y el respeto de la
diversidad cultural y los derechos humanos universales y a que rechacen todas las
doctrinas de exclusión basadas en el racismo, la discriminación racial, la xenofobia
y las formas conexas de intolerancia;
Reafirma la importancia de una mayor cooperación internacional para
5.
promover y proteger los derechos humanos, así como para alcanzar los objetivos de
la lucha contra el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas
conexas de intolerancia;
6.
Considera que la cooperación internacional en esta materia, de
conformidad con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y el
derecho internacional, deberá aportar una contribución efectiva y práctica a la urgente
tarea de impedir las infracciones de los derechos humanos y de las libertades
fundamentales;
7.
Reafirma que la promoción, la protección y la plena realización de todos
los derechos humanos y libertades fundamentales deberán regirse por los principios
de universalidad, no selectividad, objetividad y transparencia, de forma compatible
con los propósitos y principios enunciados en la Carta;
_______________
4
2
Véase E/CN.4/2001/2-E/CN.4/Sub.2/2000/46, cap. II, secc. A.
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