A/RES/71/117
Cuestión de las Islas Turcas y Caicos
Jefes de Gobierno de la Comunidad del Caribe al informe de su misión de
constatación de los hechos en las Islas Turcas y Caicos en 2013, en el cual se pidió,
entre otras cosas, un referendo sobre la libre determinación y un mecanismo para
modificar la constitución,
1.
Reafirma el derecho inalienable del pueblo de las Islas Turcas y Caicos a
la libre determinación, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y con su
resolución 1514 (XV), en la que figura la Declaración sobre la Concesión de la
Independencia a los Países y Pueblos Coloniales;
2.
Reafirma también que en el proceso de descolonización de las Islas
Turcas y Caicos no hay alternativa al principio de la libre determinación, que es
también un derecho humano fundamental reconocido en los convenios pertinentes
de derechos humanos;
3.
Reafirma además que, en último término, corresponde al pueblo de las
Islas Turcas y Caicos decidir libremente su estatuto político futuro, de c onformidad
con las disposiciones pertinentes de la Carta, la Declaración y las resoluciones de la
Asamblea General y, a ese respecto, exhorta a la Potencia administradora a que, en
colaboración con el Gobierno del Territorio y los órganos competentes del s istema
de las Naciones Unidas, elabore programas de educación política para el Territorio a
fin de que el pueblo tome conciencia de su derecho a la libre determinación en el
marco de las opciones legítimas para el estatuto político, sobre la base de los
principios claramente definidos en la resolución 1541 (XV) y otras resoluciones y
decisiones pertinentes;
4.
Reitera su apoyo al pleno restablecimiento de la democracia en el
Territorio y a la labor del Comité de Revisión de la Constitución a ese respecto, y
observa los esfuerzos de la Potencia administradora para restaurar la buena
gobernanza, inclusive mediante la introducción de una nueva constitución en 2011,
la celebración de elecciones en noviembre de 2012 y una gestión financiera sólida
en el Territorio;
5.
Toma nota de las posiciones y los reiterados llamamientos de la
Comunidad del Caribe y el Movimiento de los Países No Alineados en apoyo de un
Gobierno del Territorio elegido democráticamente y del pleno restablecimiento de la
democracia en el Territorio, de acuerdo con la decisión de su pueblo;
6.
Observa que se sigue debatiendo la reforma constitucional en el
Territorio, y destaca la importancia de que todos los grupos y las partes interesadas
participen en el proceso de consulta;
7.
Destaca la importancia de que el Territorio cuente con una Constitución
que refleje las aspiraciones y los deseos de su pueblo basad a en los mecanismos de
consulta popular;
8.
Solicita a la Potencia administradora que ayude al Territorio facilitando
su labor relativa a las actividades de divulgación pública de conformidad con el
Artículo 73 b de la Carta y, a ese respecto, exhorta a las organizaciones competentes
de las Naciones Unidas a que presten asistencia al Territorio, si así lo solicita;
9.
Acoge con beneplácito la activa participación del Territorio en la labor
de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe;
10. Acoge con beneplácito también los esfuerzos que sigue realizando el
Gobierno del Territorio para responder a la necesidad de prestar atención al fomento
del desarrollo socioeconómico en todo el Territorio;
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