A/RES/70/266
Declaración Política sobre el VIH y el SIDA: en la vía rápida para acelerar
la lucha contra el VIH y poner fin a la epidemia del SIDA para 2030
redoblando los esfuerzos en la lucha contra la tuberculosis, incluida la tuberculosis
resistente, mediante la mejora de la prevención, la detección, el diagnóstico y el
tratamiento y el acceso asequibles a la terapia antirretroviral, y cubrir el 100% de la
labor intensificada de diagnóstico de casos de tuberculosis en personas que viven
con el VIH, prestando especial atención a las poblaciones desfavorecidas y en
situación de especial riesgo, en particular los niños, utilizando nuevos instrumentos,
como las pruebas moleculares rápidas realizadas mediante la programación
conjunta, la integración centrada en los pacientes y la coubicación de los servicios
para el VIH y la tuberculosis, asegurando que los protocolos nacionales de
coinfección del VIH y la tuberculosis se actualicen en el plazo de dos años para
reflejar las últimas recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud;
60 h). Nos comprometemos a reducir las elevadas tasas de VIH e infección
concomitante por hepatitis B y C y a procurar que, para el año 2020, se h ayan
reducido en un 30% los nuevos casos de infección de hepatitis viral crónica B y C, y
que 5 millones de pacientes con hepatitis B reciban tratamiento y que se haya
tratado a 3 millones de personas infectadas con hepatitis C crónica, teniendo en
cuenta también los vínculos con la respuesta ante el SIDA y las enseñanzas
extraídas, como la promoción y protección de los derechos humanos, la reducción
del estigma y la discriminación, la participación de la comunidad, la mayor
integración de los servicios de atención al VIH y la hepatitis B y C, y los esfuerzos
para garantizar el acceso a medicamentos asequibles y las intervenciones de
prevención eficaces, en particular para las poblaciones vulnerables y las poblaciones
que según las pruebas epidemiológicas corren mayor riesgo de infección;
60 i). Nos comprometemos a emprender medidas que aseguren el acceso a
medicamentos inocuos, asequibles y eficaces, incluidos los medicamentos,
diagnósticos y tecnologías de la salud conexas genéricos, utilizando todos los
instrumentos disponibles para reducir el precio de los fármacos y diagnósticos que
salvan vidas, y observamos la creación del Grupo de Alto Nivel sobre el Acceso a
los Medicamentos, convocado por el Secretario General;
60 j). Reconocemos que la disponibilidad de medicamentos asequibles, incluidos
los genéricos, es de vital importancia para ampliar el acceso asequible al tratamiento
del VIH, y reconocemos además que las medidas encaminadas a proteger y hacer
respetar los derechos de propiedad intelectual deben ser compatibles con el Acuerdo
de la Organización Mundial del Comercio sobre los Aspectos de los Derechos de
Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (Acuerdo ADPIC) y deben
interpretarse y aplicarse de una manera que respete el derecho de lo s Estados
Miembros a proteger la salud pública y, en particular, a promover el acceso a los
medicamentos para todos; y acogemos con beneplácito la adopción por parte del
Consejo de los ADPIC el 6 de noviembre de 2015 de la decisión sobre la prórroga
del período de transición previsto en el artículo 66, párrafo 1 del Acuerdo sobre los
ADPIC para los países menos adelantados Miembros con respecto a determinadas
obligaciones relativas a los productos farmacéuticos;
60 k). Hacemos notar con preocupación que los reglamentos, las políticas y las
prácticas, incluidos los que limitan el comercio legítimo de medicamentos
genéricos, pueden limitar seriamente el acceso asequible al tratamiento del VIH y
otros productos farmacéuticos en los países de ingresos bajos y me dianos, y
reconocemos que se pueden introducir mejoras, por medios como la legislación
nacional, la política de regulación y la gestión de la cadena de suministro,
observando que podrían estudiarse modos de reducir las barreras a los productos
asequibles a fin de ampliar el acceso a medicamentos, vacunas y productos inocuos,
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