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Principios Digitales para la Década Digital 8. . En el capítulo III de esa declaración,
titulado “Libertad de elección”, y bajo el subtítulo “Un entorno digital justo”, se
comprometieron, entre otras cosas, a lo siguiente: “velar por un entorno digital seguro
y protegido, basado en la competencia leal, en el que los derechos fundamentales
estén protegidos, los derechos de los usuarios y la protección de los consumidores en
el mercado único digital estén garantizados y las responsabilidades de las
plataformas, especialmente los grandes operadores y los guardianes de acceso, estén
bien definidas”.
9.
Los acontecimientos señalados han generado, en todo el mundo, la revisión de
documentos internacionales pertinentes al tratamiento de datos, así como de leyes
locales, con miras a actualizarlos. En este sentido, la Asamblea Global de Privacidad
(GPA) aprobó en octubre de 2023 una resolución para alcanzar estándares globales
de protección de datos, en la que figuran principios para garantizar altos niveles de
protección de datos y privacidad en todo el mundo 9, mediante la cual la GPA insiste
en una idea que sostiene desde hace décadas: el objetivo de contar con normas
globales sobre protección de datos y privacidad. Para ello, promovió en la declaración
algunos principios, derechos y otros elementos importantes para lograr altos niveles
de protección de datos y privacidad. En ese documento, la GPA resolvió abogar por
los principios, derechos y otros elementos establecidos en esa resolución,
promulgarlos y promoverlos para garantizar que puedan implementarse y aplicarse
efectivamente en todos los contextos, en particular en el procesamiento de datos con
tecnologías e innovaciones nuevas y emergentes.
10. En esa resolución, la GPA enfatizó la importancia de proteger los datos
personales a través de fronteras con una variedad de mecanismos de transferencia,
como la adecuación, las cláusulas modelo, las certificaciones y los acuerdos
administrativos, para garantizar la protección de los datos “viaje” con la información
cuando esta circula a través de las fronteras. Asimismo, destacó los beneficios de
aprovechar los puntos comunes, las complementariedades y los elementos de
convergencia para fomentar la interoperabilidad futura entre los enfoques y
mecanismos regulatorios existentes que permitan flujos de datos transfronterizos
seguros y confiables 10.
11. Durante el siglo XX se inició un proceso de armonización regulatoria
internacional cuyos principales protagonistas han sido el Consejo de Europa, la
OCDE, las Naciones Unidas, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión
Europea. En el siglo XXI se sumaron a ese proceso el Foro de Cooperación
Económica de Asia y el Pacífico (APEC), la Red Iberoamericana de Protección de
Datos y la GPA (anteriormente llamada “Conferencia Internacional de Autoridades de
Protección de Datos y Privacidad”).
12. En consonancia con lo señalado, la Red Iberoamericana de Protección de Datos
ha manifestado que el “establecimiento de un marco armonizado de protección de
datos a nivel global ha sido el principal fundamento de la adopción de los distintos
instrumentos internacionales actualmente existentes en materia de protección de
datos. Se trata así de garantizar que el desarrollo del comercio a nivel mundial resulte
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Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión, Declaración Europea sobre los Derechos y
Principios Digitales para la Década Digital (2023/C 23/01), 23 de enero de 2023. El texto oficial
puede consultarse en: https://eur-lex.europa.eu/legalcontent/ES/TXT/?uri=OJ%3AJOC_2023_023_R_0001.
Asamblea Global de Privacidad (GPA), resolución “Achieving global data protection standards:
Principles to ensure high levels of data protection and privacy worldwide”, octubre de 2023. El
texto puede consultarse en: https://globalprivacyassembly.org/document-archive/adoptedresolutions/.
Ibid.
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