A/HRC/RES/51/13
3.
Solicita al Secretario General y al Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos que proporcionen al Grupo de Trabajo todo el apoyo y la
asistencia necesarios para el cumplimiento de su mandato;
4.
Solicita al Grupo de Trabajo que consulte con los Estados, las organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales y a otros actores pertinentes, incluidas las
organizaciones de la sociedad civil, para aplicar la presente resolución y que comunique sus
conclusiones al Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General de conformidad con
sus programas de trabajo;
5.
Decide seguir examinando esta cuestión en relación con el mismo tema de la
agenda de conformidad con su programa de trabajo.
41ª sesión
6 de octubre de 2022
[Aprobada en votación registrada por 28 votos contra 15 y 4 abstenciones. El resultado de la
votación fue el siguiente:
Votos a favor:
Argentina, Armenia, Benin, Bolivia (Estado Plurinacional de), Camerún,
China, Côte d’Ivoire, Cuba, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Gabón, Gambia,
Honduras, India, Indonesia, Libia, Malasia, Malawi, Mauritania, Namibia,
Nepal, Pakistán, Paraguay, Qatar, Senegal, Sudán, Uzbekistán y Venezuela
(República Bolivariana de).
Votos en contra:
Alemania, Chequia, Estados Unidos de América, Finlandia, Francia, Islas
Marshall, Japón, Lituania, Luxemburgo, Montenegro, Países Bajos, Polonia,
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Corea y
Ucrania.
Abstenciones:
Brasil, Kazajstán, México y Somalia.]
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GE.22-16502