A/RES/55/84 12. Insiste en la importancia de que todos los Estados partes cumplan plenamente las obligaciones que han aceptado en virtud de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial; 13. Exhorta a todos los Estados partes a que intensifiquen sus esfuerzos por cumplir las obligaciones que han aceptado en virtud del artículo 4 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, teniendo debidamente en cuenta los principios consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos 1 y el artículo 5 de la Convención con el fin de: a) Declarar actos punibles conforme a la ley la difusión de ideas basadas en la superioridad o en el odio racial, la instigación a la discriminación racial, los actos de violencia o la instigación a cometerlos contra cualquier raza o grupo de personas de otro color u origen étnico, y la asistencia a las actividades racistas, incluida su financiación; b) Declarar ilegales y prohibir las organizaciones, así como las actividades organizadas de propaganda y toda otra actividad de propaganda, que promuevan la discriminación racial e inciten a ella, y reconocer que la participación en tales organizaciones o en tales actividades constituye un delito penado por la ley; c) No permitir que las autoridades ni las instituciones públicas nacionales o locales promuevan la discriminación racial o instiguen a ella; 14. Alienta a los medios de comunicación a que promuevan ideas de tolerancia y comprensión entre los pueblos y las diferentes culturas; 15. Pide al Secretario General que continúe señalando los efectos de la discriminación racial en los grupos minoritarios y los trabajadores migratorios y sus familiares, en particular las mujeres y los niños, en las esferas de la educación, la capacitación y el empleo y que presente en su informe recomendaciones concretas sobre la aplicación de medidas destinadas a combatir esa discriminación; 16. Reconoce la necesidad de apoyo y recursos financieros adecuados para el Tercer Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial y el Programa de Acción para el Tercer Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial, y pide al Secretario General que en el informe que ha de presentarle en su quincuagésimo sexto período de sesiones incluya propuestas concretas sobre el modo de obtener los recursos financieros y de personal necesarios para la ejecución del Programa de Acción, ya sea con cargo al presupuesto ordinario de las Naciones Unidas o de fuentes extrapresupuestarias; 17. Expresa su reconocimiento a quienes han aportado contribuciones al Fondo Fiduciario para el Programa de Acción para el Tercer Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial, exhorta encarecidamente a todos los gobiernos, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y particulares que estén en condiciones de contribuir al Fondo a que lo hagan en forma generosa y, con este fin, pide al Secretario General que siga estableciendo los contactos y adoptando las iniciativas que correspondan; 18. Acoge con beneplácito la formación, en la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, del equipo de proyecto sobre el racismo encargado de coordinar todas las actividades del Tercer Decenio; 19. Insta a todos los gobiernos, al Secretario General, a los órganos de las Naciones Unidas, los organismos especializados, las organizaciones 5

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