A/RES/59/83 Recordando la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre la Legalidad de la amenaza o el empleo de las armas nucleares, dada a conocer el 8 de julio de 1996 10, Tomando nota de las partes pertinentes del informe del Secretario General relativas a la aplicación de la resolución 58/46 11, 1. Subraya una vez más la conclusión unánime de la Corte Internacional de Justicia de que existe la obligación de emprender de buena fe y concluir negociaciones encaminadas al desarme nuclear en todos sus aspectos, bajo un estricto y eficaz control internacional; 2. Exhorta una vez más a todos los Estados a que cumplan inmediatamente esa obligación iniciando negociaciones multilaterales que conduzcan a la pronta conclusión de una convención por la que se prohíba el desarrollo, la producción, los ensayos, el despliegue, el almacenamiento, la transferencia, la amenaza o el empleo de armas nucleares y se prevea la eliminación de esas armas; 3. Pide a todos los Estados que informen al Secretario General de las iniciativas que hayan tomado y las medidas que hayan adoptado para aplicar la presente resolución y lograr el desarme nuclear, y pide al Secretario General que le transmita esa información en su sexagésimo período de sesiones; 4. Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo período de sesiones el tema titulado “Seguimiento de la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre la Legalidad de la amenaza o el empleo de las armas nucleares”. 66° sesión plenaria 3 de diciembre de 2004 _______________ 10 A/51/218, anexo; véase también Legality of the Threat or Use of Nuclear Weapons, Advisory Opinion, I.C.J. Reports 1996, pág. 226. 11 A/59/136. 3

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