Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados A/RES/74/130 responsabilidad, cooperen y movilicen recursos, por medios como la asistencia financiera y en especie, así como la ayuda directa a los países de acogida, las poblaciones de refugiados y las comunidades de acogida, con miras a aumentar su capacidad y aliviar la pesada carga que soportan los países y las comunidades de acogida, en particular los que han acogido a un gran número de refugiados y personas en busca de asilo, cuya generosidad es de agradecer; 60. Exhorta a la Oficina del Alto Comisionado a que siga desempeñando su función catalizadora movilizando la asistencia de la comunidad internacional para hacer frente a las causas profundas y al impacto económico, ambiental, social y para la seguridad y el desarrollo de la presencia de grandes masas de refugiados en los países en desarrollo, especialmente en los países menos adelantados y en los países de economía en transición, y reconoce con aprecio a los países de acogida, Estados donantes y organizaciones y particulares que contribuyen a mejorar la condición de los refugiados fomentando su resiliencia y la de las comunidades de acogida, mientras trabajan para lograr una solución duradera; 61. Reconoce con aprecio la cooperación de la Oficina del Alto Comisionado con los asociados para el desarrollo, haciendo notar las ventajas que tiene la complementariedad de las fuentes de financiación para ayudar a los refugiados y las comunidades de acogida cuando así lo soliciten los Gobiernos de los países de acogida, y la importancia de hacerlo de una forma que no perjudique ni menoscabe el apoyo a los objetivos de desarrollo más amplios en esos países y, cuando proceda, en los países de origen; 62. Expresa preocupación por el continuo aumento de las necesidades de protección y asistencia a las personas cuya situación es competencia de la Oficina del Alto Comisionado y por la creciente disparidad entre las necesidades globales y los recursos disponibles, aprecia la hospitalidad constante y creciente de los países de acogida y la generosidad de los donantes y, por consiguiente, exhorta a la Oficina a que mantenga y redoble sus esfuerzos para ampliar su base de donantes a fin de lograr un mejor reparto de la carga y la responsabilidad reforzando la cooperación con los donantes gubernamentales y no gubernamentales y el sector privado; 63. Reconoce que es esencial que la Oficina del Alto Comisionado disponga de recursos suficientes y oportunos para seguir desempeñando el mandato que se le confió en su estatuto 10 y en las resoluciones posteriores de la Asamblea General relativas a los refugiados y a otras personas cuya situación es competencia de la Oficina, recuerda su resolución 58/153, de 22 de diciembre de 2003, y resoluciones posteriores relativas a la Oficina del Alto Comisionado en que se hace referencia, entre otras cuestiones, a la aplicación del párrafo 20 del estatuto de la Oficina, e insta a los Gobiernos y a otros donantes a que respondan prontamente a los llamamientos anuales y suplementarios que haga la Oficina a fin de obtener los recursos que necesita para sus programas; 64. Solicita al Alto Comisionado que en el septuagésimo quinto período de sesiones de la Asamblea General la informe acerca de sus actividades anuales. 50 a sesión plenaria 18 de diciembre de 2019 __________________ 10 10/10 Resolución 428 (V), anexo. 19-22225

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