Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados A/RES/74/130 mandato, y a este respecto toma nota de la implementación del modelo de coordinación en materia de refugiados; 14. Alienta a la Oficina del Alto Comisionado a que siga trabajando con la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la Secretaría para mejorar la coordinación, la eficacia y la eficiencia de la respuesta humanitaria y a que contribuya, en consulta con los Estados, según proceda, a seguir avanzando en la preparación de evaluaciones conjuntas de las necesidades humanitarias, como se indica, entre otras cuestiones de importancia, en su resolución 73/139, relativa al fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia que prestan las Naciones Unidas, y recuerda la función de la Oficina del Alto Comisionado como entidad líder de los grupos temáticos sobre la protección, la coordinación y gestión de los campamentos y el alojamiento de emergencia en situaciones de emergencia complejas; 15. Subraya la importancia que reviste la cooperación internacional para el régimen de protección de los refugiados, reconoce la carga que suponen los grandes desplazamientos de refugiados para los países y las comunidades que desde hace tiempo acogen al mayor número de refugiados, así como para sus recursos nacionales, en especial en el caso de los países en desarrollo, y pide que se repartan más equitativamente la carga y la responsabilidad de acoger y dar apoyo a los refugiados del mundo, atendiendo las necesidades de los refugiados y los Estados que los acogen, teniendo en cuenta las contribuciones existentes y las distintas capacidades y recursos disponibles en los Estados; 16. Observa las importantes iniciativas, conferencias y cumbres mundiales y regionales que tuvieron lugar en 2019 para fortalecer la solidaridad y la cooperación a nivel internacional en favor de los refugiados y otras personas cuya situación es competencia de la Oficina, y alienta a los participantes a que cumplan los compromisos asumidos en ellas; 17. Recuerda la aprobación de la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes 7 en la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea General sobre la respuesta a los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes, celebrada el 19 de septiembre de 2016, y alienta a los Estados a que cumplan los compromisos pertinentes asumidos en ella; 18. Recuerda también el pacto mundial sobre los refugiados establecido en el informe anual (parte II) del Alto Comisionado presentado en 2018 8, afirmado el 17 de diciembre de 2018 9, y exhorta a la comunidad internacional en su conjunto, incluidos los Estados y otros interesados pertinentes, a que apliquen el pacto mundial a fin de lograr sus cuatro objetivos en pie de igualdad, sobre la base del principio del reparto de la carga y la responsabilidad, y en consonancia con los principios rectores y el párrafo 4 del pacto mundial sobre los refugiados, por medio de acciones, promesas y contribuciones concretas, en particular en el primer Foro Mundial sobre los Refugiados, en diciembre de 2019, y solicita al Alto Comisionado que la informe periódicamente sobre los progresos realizados; 19. Pone de relieve la necesidad de arreglos concretos, sólidos y que funcionen adecuadamente, así como de posibles mecanismos complementarios para garantiz ar que la carga y la responsabilidad se repartan de forma previsible, equitativa, eficiente y efectiva en el contexto del pacto mundial sobre los refugiados; __________________ 7 8 9 4/10 Resolución 71/1. Véase A/73/12 (part II). Véase la resolución 73/151. 19-22225

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