Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Refugiados
A/RES/74/130
mandato, y a este respecto toma nota de la implementación del modelo de
coordinación en materia de refugiados;
14. Alienta a la Oficina del Alto Comisionado a que siga trabajando con la
Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de la Secretaría para mejorar la
coordinación, la eficacia y la eficiencia de la respuesta humanitaria y a que
contribuya, en consulta con los Estados, según proceda, a seguir avanzando en la
preparación de evaluaciones conjuntas de las necesidades humanitarias, como se
indica, entre otras cuestiones de importancia, en su resolución 73/139, relativa al
fortalecimiento de la coordinación de la asistencia humanitaria de emergencia que
prestan las Naciones Unidas, y recuerda la función de la Oficina del Alto
Comisionado como entidad líder de los grupos temáticos sobre la protección, la
coordinación y gestión de los campamentos y el alojamiento de emergencia en
situaciones de emergencia complejas;
15. Subraya la importancia que reviste la cooperación internacional para el
régimen de protección de los refugiados, reconoce la carga que suponen los grandes
desplazamientos de refugiados para los países y las comunidades que desde hace
tiempo acogen al mayor número de refugiados, así como para sus recursos nacionales,
en especial en el caso de los países en desarrollo, y pide que se repartan más
equitativamente la carga y la responsabilidad de acoger y dar apoyo a los refugiados
del mundo, atendiendo las necesidades de los refugiados y los Estados que los acogen,
teniendo en cuenta las contribuciones existentes y las distintas capacidades y recursos
disponibles en los Estados;
16. Observa las importantes iniciativas, conferencias y cumbres mundiales y
regionales que tuvieron lugar en 2019 para fortalecer la solidaridad y la cooperación
a nivel internacional en favor de los refugiados y otras personas cuya situación es
competencia de la Oficina, y alienta a los participantes a que cumplan los
compromisos asumidos en ellas;
17. Recuerda la aprobación de la Declaración de Nueva York para los
Refugiados y los Migrantes 7 en la reunión plenaria de alto nivel de la Asamblea
General sobre la respuesta a los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes,
celebrada el 19 de septiembre de 2016, y alienta a los Estados a que cumplan los
compromisos pertinentes asumidos en ella;
18. Recuerda también el pacto mundial sobre los refugiados establecido en el
informe anual (parte II) del Alto Comisionado presentado en 2018 8, afirmado el 17 de
diciembre de 2018 9, y exhorta a la comunidad internacional en su conjunto, incluidos
los Estados y otros interesados pertinentes, a que apliquen el pacto mundial a fin de
lograr sus cuatro objetivos en pie de igualdad, sobre la base del principio del reparto
de la carga y la responsabilidad, y en consonancia con los principios rectores y el
párrafo 4 del pacto mundial sobre los refugiados, por medio de acciones, promesas y
contribuciones concretas, en particular en el primer Foro Mundial sobre los
Refugiados, en diciembre de 2019, y solicita al Alto Comisionado que la informe
periódicamente sobre los progresos realizados;
19. Pone de relieve la necesidad de arreglos concretos, sólidos y que funcionen
adecuadamente, así como de posibles mecanismos complementarios para garantiz ar
que la carga y la responsabilidad se repartan de forma previsible, equitativa, eficiente
y efectiva en el contexto del pacto mundial sobre los refugiados;
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Resolución 71/1.
Véase A/73/12 (part II).
Véase la resolución 73/151.
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