A/RES/55/186
en cuenta las circunstancias concretas y la capacidad de ejecución de los países
interesados, así como las necesidades especiales de los países en desarrollo, y deben
esforzarse por conseguir los mejores resultados posibles en lo que respecta al
crecimiento y al desarrollo, en particular mediante políticas y estrategias de empleo
y erradicación de la pobreza que tengan en cuenta el género, y destaca la
importancia de la responsabilidad nacional por los programas apoyados por el Fondo
Monetario Internacional con miras a su aplicación sostenida;
15. Alienta a las instituciones de Bretton Woods, los bancos de desarrollo
regionales y la Organización Internacional del Trabajo a que sigan procurando
ayudar a los gobiernos a atender a las consecuencias sociales de las crisis, y acoge
con beneplácito a ese respecto los compromisos asumidos por la Asamblea General
en su vigésimo cuarto período extraordinario de sesiones, sobre la aplicación de los
resultados de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social para asegurarse de que,
cuando se convenga en programas de ajuste estructural, éstos incluyan metas de
desarrollo social, en particular la erradicación de la pobreza, que promuevan un
empleo pleno y productivo y fomenten la integración social;
16. Hace hincapié en que las instituciones financieras internacionales, a
solicitud de los gobiernos nacionales, deben suministrar asistencia y asesoramiento,
según proceda, a los países en sus esfuerzos por promover el desarrollo y reducir la
pobreza mediante programas nacionales, incluidos, cuando corresponda, documentos
de estrategia para la reducción de la pobreza de autoría y formulación nacionales
que integren políticas macroeconómicas, estructurales y sociales;
17. Subraya la importancia permanente de asignar recursos suficientes a las
instituciones internacionales, en particular al Fondo Monetario Internacional, para
proporcionar financiación de emergencia en forma oportuna y accesible a los países
afectados por crisis financieras, y toma nota de los esfuerzos regionales y
subregionales para facilitar la financiación de emergencia en épocas de crisis;
18. Acoge con beneplácito los progresos realizados en el fomento de la
capacidad de alerta temprana para hacer frente oportunamente a la amenaza de una
crisis financiera y, a ese respecto, alienta al Fondo Monetario Internacional y a otras
instituciones regionales e internacionales pertinentes a que continúen adoptando
medidas para contribuir a ese proceso;
19. Exhorta a la comunidad internacional, en particular al Banco Mundial y a
los bancos de desarrollo regionales y otras instituciones internacionales y regionales
pertinentes, incluidas las comisiones regionales, a que, en colaboración con el sector
privado, den apoyo a la promoción de corrientes financieras privadas a largo plazo,
especialmente la inversión extranjera directa, incluso aumentando la cooperación
técnica, a todos los países en desarrollo, así como a las economías en transición, en
particular a los países menos adelantados y a otros países en desarrollo que tienen
dificultades especiales para atraer corrientes financieras privadas, incluidos los de
África, así como los pequeños países insulares en desarrollo y, en ese contexto, pide
a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo que le
informe en su quincuagésimo sexto período de sesiones sobre la labor que haya
realizado respecto de la cuestión;
20. Reitera su invitación al Fondo Monetario Internacional para que facilite
el diálogo entre los interlocutores pertinentes a fin de examinar la posibilidad de
establecer marcos normativos para las corrientes de capital a corto plazo y el
comercio en divisas;
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