A/RES/53/128
Página 14
12. Insta a todos los Estados y al sistema de las Naciones Unidas a que incrementen la cooperación
internacional como medio para ayudar a los gobiernos a prevenir o a combatir las violaciones de los
derechos de los niños, incluida la explotación del trabajo infantil;
VII
LA DIFÍCIL SITUACIÓN DE LOS NIÑOS QUE VIVEN O TRABAJAN EN LA CALLE
1. Expresa su profunda preocupación por la gran cantidad de niños que viven o trabajan en la calle
y por el número cada vez mayor de incidentes de niños que están implicados en delitos graves, tráfico y
uso indebido de drogas, violencia y prostitución de que dan cuenta informaciones procedentes de todo el
mundo;
2. Acoge con beneplácito los esfuerzos constantes de los gobiernos, el sistema de las Naciones
Unidas y la sociedad civil por hacer frente a este problema en sus múltiples aspectos;
3. Exhorta a los gobiernos a que prosigan activamente la búsqueda de soluciones amplias para los
problemas de los niños que viven o trabajan en la calle, por ejemplo, ayudando a mitigar la pobreza de
que son víctimas esos niños, sus familias o tutores, adoptando medidas para reintegrarlos plenamente en
la sociedad y proporcionándoles, entre otras cosas, nutrición, vivienda, servicios de salud y educación
adecuados, teniendo en cuenta que esos niños son particularmente vulnerables a todas las formas de
violencia, maltrato, explotación y abandono;
4. Destaca que las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño4 y otros
instrumentos de derechos humanos deben ser el punto de referencia de las actividades destinadas a hacer
frente a este problema, y recomienda que el Comité de los Derechos del Niño y otros órganos competentes
a los que incumba la supervisión de tratados de derechos humanos sigan prestándole atención cuando
examinen los informes de los Estados Partes;
5. Insta encarecidamente a todos los gobiernos a que garanticen el respeto de los derechos humanos
y las libertades fundamentales de todos, en particular el derecho a la vida, a que adopten con carácter
urgente medidas para evitar que se mate a niños que viven o trabajan en la calle, combatir la tortura y los
actos de violencia contra ellos y enjuiciar a los responsables de esos delitos, y a que cumplan estrictamente
la Convención y otros instrumentos pertinentes de derechos humanos, incluido el requisito de que se
respeten los derechos del niño en las actuaciones legales y judiciales;
6. Hace un llamamiento a la comunidad internacional para que, mediante una cooperación
internacional eficaz, apoye la labor de los Estados encaminada a mejorar la situación de los niños que
viven o trabajan en la calle y alienta a los Estados Partes en la Convención a que, al preparar sus informes
para el Comité de los Derechos del Niño, tengan plenamente presente las necesidades concretas y los
derechos de esos niños y consideren la posibilidad de recabar asesoramiento y asistencia de carácter
técnico para las iniciativas encaminadas a mejorar su situación;
/...
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents