A/RES/53/128 Página 14 12. Insta a todos los Estados y al sistema de las Naciones Unidas a que incrementen la cooperación internacional como medio para ayudar a los gobiernos a prevenir o a combatir las violaciones de los derechos de los niños, incluida la explotación del trabajo infantil; VII LA DIFÍCIL SITUACIÓN DE LOS NIÑOS QUE VIVEN O TRABAJAN EN LA CALLE 1. Expresa su profunda preocupación por la gran cantidad de niños que viven o trabajan en la calle y por el número cada vez mayor de incidentes de niños que están implicados en delitos graves, tráfico y uso indebido de drogas, violencia y prostitución de que dan cuenta informaciones procedentes de todo el mundo; 2. Acoge con beneplácito los esfuerzos constantes de los gobiernos, el sistema de las Naciones Unidas y la sociedad civil por hacer frente a este problema en sus múltiples aspectos; 3. Exhorta a los gobiernos a que prosigan activamente la búsqueda de soluciones amplias para los problemas de los niños que viven o trabajan en la calle, por ejemplo, ayudando a mitigar la pobreza de que son víctimas esos niños, sus familias o tutores, adoptando medidas para reintegrarlos plenamente en la sociedad y proporcionándoles, entre otras cosas, nutrición, vivienda, servicios de salud y educación adecuados, teniendo en cuenta que esos niños son particularmente vulnerables a todas las formas de violencia, maltrato, explotación y abandono; 4. Destaca que las disposiciones de la Convención sobre los Derechos del Niño4 y otros instrumentos de derechos humanos deben ser el punto de referencia de las actividades destinadas a hacer frente a este problema, y recomienda que el Comité de los Derechos del Niño y otros órganos competentes a los que incumba la supervisión de tratados de derechos humanos sigan prestándole atención cuando examinen los informes de los Estados Partes; 5. Insta encarecidamente a todos los gobiernos a que garanticen el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, en particular el derecho a la vida, a que adopten con carácter urgente medidas para evitar que se mate a niños que viven o trabajan en la calle, combatir la tortura y los actos de violencia contra ellos y enjuiciar a los responsables de esos delitos, y a que cumplan estrictamente la Convención y otros instrumentos pertinentes de derechos humanos, incluido el requisito de que se respeten los derechos del niño en las actuaciones legales y judiciales; 6. Hace un llamamiento a la comunidad internacional para que, mediante una cooperación internacional eficaz, apoye la labor de los Estados encaminada a mejorar la situación de los niños que viven o trabajan en la calle y alienta a los Estados Partes en la Convención a que, al preparar sus informes para el Comité de los Derechos del Niño, tengan plenamente presente las necesidades concretas y los derechos de esos niños y consideren la posibilidad de recabar asesoramiento y asistencia de carácter técnico para las iniciativas encaminadas a mejorar su situación; /...

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