A/RES/51/189
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a)
Aguas residuales:
Organización Mundial de la Salud;
b)
Contaminantes orgánicos persistentes: Programa Interinstitucional
de gestión racional de los productos químicos, Programa Internacional de
Protección frente a los Productos Químicos y Foro Intergubernamental sobre
Seguridad Química;
c)
Metales pesados: Programa de las Naciones Unidas para el Medio
Ambiente, en colaboración con el Programa Interinstitucional de gestión
racional de los productos químicos;
d)
Atómica;
Sustancias radiactivas:
Organismo Internacional de Energía
e)
Nutrientes y movilización de sedimentos: Organización de las
Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación;
f)
Petróleo (hidrocarburos) y basura:
Internacional;
Organización Marítima
g)
Alteraciones físicas, incluidas la modificación de los hábitat y
la destrucción de zonas de interés: Programa de las Naciones Unidas para el
Medio Ambiente;
10.
Decide establecer, en su período extraordinario de sesiones que se
ha de celebrar en junio de 1997 de conformidad con su resolución 50/113, de 20
de diciembre de 1995, arreglos concretos para la integración de los resultados
de los exámenes periódicos a nivel intergubernamental, previstos en el inciso
c) del párrafo 7 supra, en la labor futura de la Comisión sobre el Desarrollo
Sostenible que se refiera a la vigilancia de la ejecución y la realización de
actividades complementarias del Programa 21, en particular el capítulo 17.
86a sesión plenaria
16 de diciembre de 1996