A/RES/56/124 política aprobada por la Asamblea General en su vigésimo período extraordinario de sesiones, y acogiendo con satisfacción las directrices para la presentación de informes sobre el seguimiento del vigésimo período extraordinario de sesiones aprobadas por la Comisión de Estupefacientes en la continuación de su 42° período de sesiones 6, así como los elementos recomendados por la Comisión en su 44° período de sesiones al Director Ejecutivo del Programa de las Naciones para la Fiscalización Internacional de Drogas para la preparación de informes posteriores 7, Celebrando que se haya incluido en el programa provisional del 45° período de sesiones de la Comisión de Estupefacientes un tema relativo a los preparativos de la serie de reuniones que han de celebrarse a nivel ministerial en 2003, conforme a lo dispuesto en la resolución 1999/30 del Consejo Económico y Social, de 28 de julio de 1999, reuniones que se centrarán en el examen de los progresos de los Estados en la ejecución del plan de acción y de las medidas adoptados por la Asamblea General en su vigésimo período extraordinario de sesiones, Destacando la importancia del Plan de Acción para la aplicación de la Declaración sobre los principios rectores de la reducción de la demanda de drogas, que introduce un enfoque global en que se reconoce un nuevo equilibrio entre la reducción de la oferta y la demanda ilícitas con arreglo al principio de la responsabilidad compartida, tiene por objeto evitar el uso de drogas y reducir las consecuencias perjudiciales del uso indebido de drogas, velando por que se preste especial atención a los grupos vulnerables, especialmente los niños y los jóvenes, y constituye uno de los pilares de la nueva estrategia mundial, y reafirmando la necesidad de programas de reducción de la demanda, Destacando igualmente la importancia de la reducción de la oferta como parte integrante de una estrategia equilibrada de lucha contra las drogas basada en los principios establecidos en el Plan de Acción sobre cooperación internacional para la erradicación de los cultivos ilícitos para la producción de drogas y desarrollo alternativo8, reafirmando la necesidad de programas alternativos de desarrollo que sean sostenibles, observando con beneplácito los logros de algunos Estados en la erradicación de esos cultivos ilícitos e instando a todos los demás Estados a tomar disposiciones similares, Subrayando el papel que cabe a la Comisión de Estupefacientes como principal órgano normativo de las Naciones Unidas en cuestiones de fiscalización de drogas y como órgano rector del Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas, el papel rector y la encomiable labor del Programa como centro principal de la acción multilateral concertada y el importante papel de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes como órgano de vigilancia independiente, conforme se estipula en los tratados internacionales de fiscalización de drogas, Reconociendo los intentos de todos los países, en particular los que producen estupefacientes para usos científicos y medicinales, y de la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes de impedir que esas sustancias se desvíen a mercados ilícitos y mantener la producción a un nivel acorde con la demanda lícita, _______________ 6 Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1999, Suplemento No. 8 (E/1999/28/Rev.1), segunda parte, cap. I, resolución 42/11, anexo. 7 Ibíd., 2001, Suplemento No. 8 (E/2001/28), cap. I, secc. C, resolución 44/2. 8 Resolución S-20/4 E. 3

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