A/RES/56/124 integridad territorial de los Estados, el principio de no intervención en los asuntos internos de los Estados y el respeto de todos los derechos humanos y libertades fundamentales; 2. Exhorta a todos los Estados a que adopten nuevas medidas para promover una cooperación eficaz en los planos internacional y regional en la lucha contra el problema mundial de las drogas, con objeto de contribuir a crear un ambiente propicio para lograr ese fin, sobre la base de los principios de la igualdad de derechos y el respeto mutuo; 3. Insta a todos los Estados a que ratifiquen la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, modificada por el Protocolo de 1972 11, el Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas de 1971 10 y la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas de 1988 12 o se adhieran a ellos, y a que apliquen todas sus disposiciones; II Cooperación internacional en la lucha contra el problema mundial de las drogas 1. Insta a todos los Estados a que adopten medidas apropiadas para encarar el problema de la relación entre el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras y el tráfico ilícito de estupefacientes, entre otras cosas, mediante una mayor cooperación internacional y la plena aplicación del Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos 5 ; 2. Observa complacida que en la Declaración del Milenio13 se renovó el compromiso de luchar contra el problema mundial de las drogas; 3. Exhorta a las autoridades competentes en los planos internacional, regional y nacional a que apliquen los resultados del vigésimo período extraordinario de sesiones, dentro de los plazos convenidos, en particular las medidas prácticas de gran prioridad a nivel internacional, regional o nacional que se indiquen en la Declaración política1, el Plan de Acción2 para la aplicación de la Declaración sobre los principios rectores de la reducción de la demanda de drogas3 y las Medidas de fomento de la cooperación internacional en la lucha contra el problema mundial de las drogas 4, incluido el Plan de Acción para combatir la fabricación ilícita, el tráfico y el uso indebido de estimulantes de tipo anfetamínico y sus precursores 14, las medidas para prevenir la fabricación, la importación, la exportación, la distribución, la desviación y el tráfico ilícitos de precursores utilizados en la fabricación ilícita de estupefacientes y sustancias sicotrópicas 15, las medidas para promover la cooperación judicial 16, las medidas contra el blanqueo de dinero 17 y el Plan de Acción sobre cooperación internacional para la erradicación de los cultivos ilícitos para la producción de drogas y desarrollo alternativo 8 ; _______________ 11 Ibíd., vol. 976, No. 14152. Véase Documentos Oficiales de la Conferencia de las Naciones Unidas para la Aprobación de una Convención contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, Viena, 25 de noviembre a 20 de diciembre de 1988, vol. I (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.94.XI.5). 13 Véase la resolución 55/2. 14 Resolución S-20/4 A. 15 Véase resolución S-20/4 B. 16 Resolución S-20/4 C. 17 Resolución S-20/4 D. 12 5

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