A/RES/56/124 4. Insta a todos los Estados Miembros a que apliquen el Plan de Acción para la aplicación de la Declaración sobre los principios rectores de la reducción de la demanda de drogas en las medidas que adopten en los planos nacional, regional e internacional y a que intensifiquen la acción en el plano nacional para combatir el uso de drogas ilícitas entre su población, especialmente entre los niños y los jóvenes; 5. Reconoce la función que cabe al Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas en la formulación de estrategias orientadas a la acción para ayudar a los Estados Miembros a aplicar el Plan de Acción para la aplicación de la Declaración y pide al Director Ejecutivo del Programa que presente a la Comisión de Estupefacientes en su 45° período de sesiones un informe sobre el seguimiento del Plan de Acción; 6. Reafirma su determinación de seguir fortaleciendo el mecanismo de fiscalización internacional de drogas de las Naciones Unidas, en particular la Comisión de Estupefacientes, el Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas, y la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, a fin de que puedan cumplir sus mandatos, teniendo presentes las recomendaciones que figuran en la resolución 1999/30 del Consejo Económico y Social, y las medidas adoptadas y las recomendaciones aprobadas por la Comisión de Estupefacientes en su 44° período de sesiones encaminadas a mejorar su funcionamiento, en particular con respecto a la resolución 44/16 de la Comisión 18; Renueva su compromiso de seguir fortaleciendo la cooperación 7. internacional e intensificar sustancialmente la lucha contra el problema mundial de las drogas, de conformidad con las obligaciones contraídas por los Estados en virtud de las convenciones de las Naciones Unidas sobre la fiscalización de drogas, sobre la base del marco general constituido por los resultados del período extraordinario de sesiones, y teniendo en cuenta la experiencia adquirida; Exhorta a todos los Estados a que adopten medidas eficaces, incluidas 8. leyes y reglamentos nacionales, para aplicar los resultados y cumplir los objetivos del período extraordinario de sesiones dentro de los plazos convenidos, para fortalecer los sistemas judiciales nacionales y realizar actividades eficaces de lucha contra las drogas en cooperación con otros Estados y de conformidad con las convenciones de las Naciones Unidas sobre la fiscalización de drogas; Exhorta a los órganos competentes de las Naciones Unidas, los 9. organismos especializados, las instituciones financieras internacionales y otras organizaciones intergubernamentales e internacionales interesadas, en el ámbito de sus respectivos mandatos, y a todos los agentes de la sociedad civil, en particular las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones comunitarias, las asociaciones deportivas, los medios de comunicación y el sector privado, a que sigan cooperando estrechamente con los gobiernos en la labor de promover y aplicar los resultados del período extraordinario de sesiones y el Plan de Acción para la aplicación de la Declaración sobre los principios rectores de la reducción de la demanda de drogas, incluso mediante campañas de información pública y recurriendo, entre otras cosas y donde sea posible, a la Internet; 10. Exhorta a los gobiernos, los órganos competentes de las Naciones Unidas, los organismos especializados y otras organizaciones internacionales a que presten ayuda y apoyo a los Estados que lo soliciten, en particular a los países en _______________ 18 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2001, Suplemento No. 8 (E/2001/28), cap. I, secc. C. 6

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