A/RES/57/288 defensores y determinar los casos de indigencia y lo presente en la parte principal del quincuagésimo octavo período de sesiones; 4. Pide también al Secretario General que prepare el proyecto de presupuesto del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia correspondiente al bienio 2004-2005 que le presentará en el quincuagésimo octavo período de sesiones según las siguientes pautas: a) En el presupuesto deberá indicarse detalladamente la forma en que, con los recursos solicitados para el bienio, se apoyará la aplicación de una estrategia viable y realista para dar término a la labor del Tribunal, así como el estado de la aplicación de las recomendaciones de la Junta de Auditores, según proceda, sobre distintos rubros de los gastos propuestos; b) Los recursos presupuestarios que se soliciten para la Secretaría, la Oficina del Fiscal y las funciones administrativas no judiciales de las Salas deberán presentarse siguiendo el formato de la presupuestación basada en los resultados, que vincula los objetivos y los insumos con los logros previstos, cuya consecución se mide mediante indicadores de progreso; c) En las solicitudes de créditos para atender al costo de la traducción de documentos y los viajes de testigos deberán indicarse expresamente los procedimientos aplicados por la Secretaría en materia de aprobación previa y verificación del destino dado a los fondos, para asegurarse de que los créditos solicitados no superen las necesidades justificadas; d) En las solicitudes de créditos para atender al costo de la asistencia letrada deberá tenerse en cuenta la experiencia adquirida hasta la fecha en la aplicación de las disposiciones revisadas sobre el pago de una remuneración global a los abogados defensores y la aplicación de un sistema de cuotas pagaderas por los acusados según su capacidad de pago y teniendo en cuenta las definiciones revisadas de “indigencia” e “indigencia parcial”; e) La estructura de puestos que se proponga para el bienio 2004-2005 deberá reflejar las reducciones y la evolución de las necesidades del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia como resultado de haber concluido ciertas investigaciones que se prevé que quedarán terminadas para 2004; cuando resulte apropiado, se procurará atender a las nuevas necesidades de puestos de plantilla mediante la redistribución de puestos; 5. Hace suya la recomendación formulada por la Junta de Auditores en el párrafo 62 de su informe5, e invita a los magistrados del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia a tener debidamente en cuenta la posibilidad de aplicar plenamente un sistema de designación por sorteo de los abogados defensores de entre una lista de abogados disponibles que preparará la oficina del Secretario; 6. Observa con preocupación que no se han cubierto los puestos que aprobó en sus resoluciones 56/247 A y B para la prestación de servicios de investigación y auditoría interna en el Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia, e insta a la Oficina de Servicios de Supervisión Interna a cubrir esos cargos sin más demora; 7. Decide financiar los gastos no asignados efectuados en 2001, por valor de 413.600 dólares de los Estados Unidos, con cargo al saldo no comprometido disponible en la Cuenta Especial para el Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia; _______________ 5 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento No. 5L y corrección (A/57/5/Add.12 y Corr.1). 2

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