A/HRC/55/55
desconocer sus derechos en el trabajo o la legislación vigente contra el trabajo infantil66. Las
familias o los tutores pueden desconocer los riesgos o hacer la vista gorda ante ellos 67 debido
a la idealización de las actividades de los niños, que también pueden verse como lucrativas.
Tales actitudes podrían repercutir negativamente en las gestiones para rescatar, rehabilitar y
reintegrar a los niños. Dado que el sector del entretenimiento puede incluir actuaciones en
contextos internacionales, los niños podrían viajar fuera de su país de origen, lo que podría
privarles de su sistema de apoyo y exponerlos a la explotación o los abusos sexuales.
33.
Es posible que no queden claros en los contratos los límites en lo que respecta a la
exposición de la vida privada de niños y adolescentes, incluido el uso, fuera de su control, de
su imagen y voz en diversos formatos mediáticos. Las empresas no registradas y los
trabajadores autónomos o por cuenta propia tienden a cumplir menos la legislación laboral,
las medidas de protección y los mecanismos de reparación68. En los peores casos, los tratantes
pueden presentar contratos que parecen legítimos en apariencia, pero que están plagados de
condiciones de explotación69. Las víctimas pueden verse coaccionadas a firmar estos
contratos sin comprender plenamente las implicaciones debido a las barreras lingüísticas, lo
que da lugar a salarios por debajo de la media y a la exposición a diversas formas de abuso70.
34.
Los empleadores pueden explotar a los niños agobiados por situaciones familiares o
para los que la función de tutela no puede ejercerse eficazmente, como, por ejemplo, en
contextos en los que se espera que los niños asuman responsabilidades familiares, como el
cuidado de padres enfermos, el pago de deudas familiares o la financiación de la educación
de los hermanos menores71.
3.
Estigmatización, discriminación y victimización secundaria
35.
La aceptación y normalización del abuso de los niños es un riesgo importante cuando
trabajan en el sector del entretenimiento72. La inseguridad, la intimidación, la vergüenza, el
riesgo de discriminación y el miedo a las represalias, las amenazas del agresor y el impacto
negativo de la denuncia debido al estigma son obstáculos que impiden a los niños víctimas
obtener ayuda73. La percepción social negativa de los niños empleados en lugares de
entretenimiento como, por ejemplo, cantantes o bailarines en restaurantes, circos, coros o
espectáculos relacionados con el turismo o la moda, y la consiguiente falta de respeto hacia
ellos por parte de los clientes, incluida la sensación de tener derecho a intimar con ellos,
ponen en peligro a estos niños74. El abuso sexual de niños en estos entornos suele ir asociado
a la vergüenza, la estigmatización, el secretismo o una cultura del silencio, en la que los niños
no pueden hablar de los abusos sexuales que han sufrido y los padres guardan silencio sobre
el peligro de abuso que corren sus hijos75.
36.
El miedo a las autoridades por parte de los niños víctimas debido a su percepción de
haber cometido una maldad y un clima de secretismo también disuaden a los niños víctimas
de denunciar los abusos y constituyen un obstáculo a la justicia76. La denuncia de la
explotación y los abusos sexuales puede tener consecuencias devastadoras para la carrera
profesional en la industria del entretenimiento. Las personas supervivientes se enfrentan a
menudo a graves repercusiones, como discriminación y reveses en su carrera, incluidas
dificultades para encontrar trabajo y el encasillamiento o incluso la inclusión en listas negras
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Véase la comunicación de ECPAT Luxemburgo.
Ibid.
Véase OIT, “Nota informativa sobre el acoso sexual”.
Véase la comunicación de Joseph Bonner.
Ibid.
Véase la comunicación de CLARISSA.
Ibid.
Véanse las comunicaciones de Polonia y España.
Ibid.
Véase la comunicación de Albania.
Véase la comunicación de la UNODC.
GE.23-25843