A/HRC/55/55
podrían ayudar a fomentar la acción conjunta para impedir la explotación y los abusos
sexuales de niños en el sector del entretenimiento150. Aunque las organizaciones
internacionales competentes podrían aportar ayuda económica y conocimientos
especializados sobre normas técnicas151, la colaboración con las partes interesadas de la
industria, como las productoras, las agencias de casting y los sindicatos, daría lugar a un
sistema más favorable a los niños. Canalizar los conocimientos internos de la industria del
entretenimiento implicando directamente a los propietarios y trabajadores de locales de
entretenimiento y elaborando modelos de apoyo entre pares podría aclarar las funciones y
responsabilidades de los implicados en la prevención de la explotación y los abusos sexuales
de niños.
67.
La Relatora Especial pone de relieve la importante contribución que podrían hacer las
organizaciones de la sociedad civil en la sensibilización, la vigilancia y la denuncia de los
efectos nocivos de la explotación y los abusos sexuales de niños en la industria del
entretenimiento y en la prestación de apoyo a los niños víctimas y a sus familias 152. Esas
organizaciones también podrían organizar proyectos sobre protección de la infancia
destinados a concienciar a las víctimas sobre las estructuras de apoyo disponibles en el plano
local y su derecho a solicitar ayuda, ya que puede que no sea fácil acceder a esa
información153.
IV. Conclusiones y recomendaciones
A.
Conclusiones
68.
Debe prestarse atención urgente a la explotación y los abusos sexuales de niños
en la industria del entretenimiento, con el fin de establecer las medidas y prácticas
necesarias para luchar contra esa lacra. Deben introducirse y recalcarse normas y
principios claros e inviolables basados en el interés superior del niño dentro de la
industria del entretenimiento, en todos los países. Se deben determinar los sistemas y
estructuras que promueven el abuso sexual de niños en la industria del entretenimiento
y la dinámica de poder inherente a la relación entre los delincuentes potenciales y los
niños aspirantes a artistas, y tratar de combatirlos, ya que han sido factores importantes
en la perpetuación de la explotación y los abusos sexuales de niños en la industria.
69.
Es posible acabar con la normalización de la explotación y los abusos sexuales de
niños en la industria del entretenimiento mediante la aplicación rigurosa de una política
de tolerancia cero para quienes explotan la vulnerabilidad de los niños artistas haciendo
uso de su poder o influencia y el fomento de un entorno en el que los niños y todas las
demás partes interesadas se sientan seguros y dispongan de herramientas que les
permitan acceder a la justicia y la rendición de cuentas. El nexo entre los canales de
trata y las empresas que operan bajo la apariencia del sector del entretenimiento debe
ser combatido sistemáticamente por las fuerzas del orden para frenar la participación
de niños vulnerables afectados por conflictos, violencia y desplazamientos forzados. La
industria debería esforzarse intensamente por erradicar las prácticas y normas,
incluidas las normas de género perjudiciales, que perpetúan la explotación y los abusos
sexuales de niños.
70.
Deben desarrollarse marcos jurídicos, políticas y directrices para salvaguardar
la salud, la seguridad y la privacidad de los niños en la industria del entretenimiento.
Deben reformarse los acuerdos contractuales y laborales para adaptarlos al derecho
internacional del trabajo, con el fin de empoderar y proteger a los niños de los abusos,
el miedo, la estigmatización y la discriminación. La reunión de datos y el intercambio
de información a escala internacional sobre casos de abuso sexual de niños en la
industria del entretenimiento podrían ser decisivos para colmar las lagunas
150
151
152
153
18
Véase la comunicación de Foundation ECPAT International.
Véase la comunicación de Caritas India.
Ibid.
Véase la comunicación de ECPAT Luxemburgo.
GE.23-25843