A/HRC/55/55 podrían ayudar a fomentar la acción conjunta para impedir la explotación y los abusos sexuales de niños en el sector del entretenimiento150. Aunque las organizaciones internacionales competentes podrían aportar ayuda económica y conocimientos especializados sobre normas técnicas151, la colaboración con las partes interesadas de la industria, como las productoras, las agencias de casting y los sindicatos, daría lugar a un sistema más favorable a los niños. Canalizar los conocimientos internos de la industria del entretenimiento implicando directamente a los propietarios y trabajadores de locales de entretenimiento y elaborando modelos de apoyo entre pares podría aclarar las funciones y responsabilidades de los implicados en la prevención de la explotación y los abusos sexuales de niños. 67. La Relatora Especial pone de relieve la importante contribución que podrían hacer las organizaciones de la sociedad civil en la sensibilización, la vigilancia y la denuncia de los efectos nocivos de la explotación y los abusos sexuales de niños en la industria del entretenimiento y en la prestación de apoyo a los niños víctimas y a sus familias 152. Esas organizaciones también podrían organizar proyectos sobre protección de la infancia destinados a concienciar a las víctimas sobre las estructuras de apoyo disponibles en el plano local y su derecho a solicitar ayuda, ya que puede que no sea fácil acceder a esa información153. IV. Conclusiones y recomendaciones A. Conclusiones 68. Debe prestarse atención urgente a la explotación y los abusos sexuales de niños en la industria del entretenimiento, con el fin de establecer las medidas y prácticas necesarias para luchar contra esa lacra. Deben introducirse y recalcarse normas y principios claros e inviolables basados en el interés superior del niño dentro de la industria del entretenimiento, en todos los países. Se deben determinar los sistemas y estructuras que promueven el abuso sexual de niños en la industria del entretenimiento y la dinámica de poder inherente a la relación entre los delincuentes potenciales y los niños aspirantes a artistas, y tratar de combatirlos, ya que han sido factores importantes en la perpetuación de la explotación y los abusos sexuales de niños en la industria. 69. Es posible acabar con la normalización de la explotación y los abusos sexuales de niños en la industria del entretenimiento mediante la aplicación rigurosa de una política de tolerancia cero para quienes explotan la vulnerabilidad de los niños artistas haciendo uso de su poder o influencia y el fomento de un entorno en el que los niños y todas las demás partes interesadas se sientan seguros y dispongan de herramientas que les permitan acceder a la justicia y la rendición de cuentas. El nexo entre los canales de trata y las empresas que operan bajo la apariencia del sector del entretenimiento debe ser combatido sistemáticamente por las fuerzas del orden para frenar la participación de niños vulnerables afectados por conflictos, violencia y desplazamientos forzados. La industria debería esforzarse intensamente por erradicar las prácticas y normas, incluidas las normas de género perjudiciales, que perpetúan la explotación y los abusos sexuales de niños. 70. Deben desarrollarse marcos jurídicos, políticas y directrices para salvaguardar la salud, la seguridad y la privacidad de los niños en la industria del entretenimiento. Deben reformarse los acuerdos contractuales y laborales para adaptarlos al derecho internacional del trabajo, con el fin de empoderar y proteger a los niños de los abusos, el miedo, la estigmatización y la discriminación. La reunión de datos y el intercambio de información a escala internacional sobre casos de abuso sexual de niños en la industria del entretenimiento podrían ser decisivos para colmar las lagunas 150 151 152 153 18 Véase la comunicación de Foundation ECPAT International. Véase la comunicación de Caritas India. Ibid. Véase la comunicación de ECPAT Luxemburgo. GE.23-25843

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