A/RES/49/174
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Teniendo en cuenta que la mayoría de los refugiados y personas
desplazadas son mujeres y niños,
Tomando nota con profundo agradecimiento de la disposición y voluntad
con que los Estados miembros de la Organización de la Unidad Africana siempre
han recibido a los refugiados y a las personas desplazadas a pesar de las
dificultades económicas que tienen muchos Estados africanos,
Consciente de la importancia de prestar asistencia a los países de
acogida, en particular los países que han acogido a refugiados durante
períodos prolongados, para reparar el deterioro ambiental y paliar los efectos
negativos sufridos por los servicios públicos y el proceso de desarrollo,
Reconociendo el mandato de la Alta Comisionada de proteger y ayudar a
los refugiados y repatriados y el papel catalítico que desempeña, junto con la
comunidad internacional y los organismos de desarrollo, respecto de las
cuestiones más generales del desarrollo relacionadas con los refugiados, los
repatriados y las personas desplazadas,
Teniendo en cuenta la necesidad de facilitar la labor de las
organizaciones humanitarias, en particular el suministro de alimentos y
medicamentos y la prestación de servicios de salud a los refugiados, los
repatriados y las personas desplazadas, deplorando los actos de agresión
perpetrados contra el personal de las organizaciones humanitarias, sobre todo
los que han significado pérdida de vidas, y destacando la necesidad de
garantizar la seguridad del personal de esas organizaciones,
Profundamente preocupada por la crítica situación humanitaria que sigue
imperando en los países africanos, en particular en los países situados en el
Cuerno de África, debido a la persistente sequía, los conflictos y los
desplazamientos de población,
Consciente de la situación de los refugiados, repatriados y personas
desplazadas en el África oriental, occidental, central y meridional,
Acogiendo con satisfacción las iniciativas regionales como el mecanismo
para prevenir, afrontar y resolver conflictos establecido por la Asamblea de
Jefes de Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana en su
29º período ordinario de sesiones, celebrado en El Cairo del 28 al 30 de junio
de 1993 3/,
Teniendo presente la resolución CM/Res.1521 (LX), relativa a los
refugiados, repatriados y personas desplazadas en África, aprobada por el
Consejo de Ministros de la Organización de la Unidad Africana en su 60º
período ordinario de sesiones, celebrado en Túnez del 6 al 11 de junio
de 1994 4/,
Profundamente preocupada por la presencia masiva de refugiados y
personas desplazadas de otros países en Djibouti, que representa un 25% de la
población total del país, y por el hecho de que su número siga aumentando
ininterrumpidamente debido a la trágica situación imperante en Somalia,
3/
Véase A/48/322, anexo II.
4/
Véase A/49/313, anexo I.
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