Plan de conferencias
A/RES/67/237
importantes de las Naciones Unidas, en los seis idiomas oficiales, de manera que los
Estados Miembros también tengan acceso a ese material de archivo por ese medio;
24. Solicita también al Secretario General que en su sexagésimo octavo
período de sesiones la informe detalladamente sobre el plazo previsto para la
digitalización de todos los documentos antiguos importantes de las Naciones
Unidas, incluida la documentación para reuniones, y sobre las opciones para
acelerar ese proceso dentro de los límites de los recursos existentes;
25. Hace notar el proyecto piloto puesto en marcha en la Oficina de las
Naciones Unidas en Viena por la Comisión sobre la Utilización del Espacio
Ultraterrestre con Fines Pacíficos que consiste en utilizar las grabaciones digitales
de las reuniones en los seis idiomas oficiales de la Organización como medida para
reducir los gastos;
26. Pone de relieve que la ampliación de la aplicación de esa medida deberá
someterse al examen de la Asamblea General, incluso en lo que respecta a sus
repercusiones desde los puntos de vista jurídico, financiero y de los recursos
humanos, y cumplir plenamente lo dispuesto en las resoluciones pertinentes de la
Asamblea, y solicita al Secretario General que la informe al respecto y sobre la
evaluación de dicho proyecto piloto en su sexagésimo octavo período de sesiones;
27. Recuerda el párrafo 5 de su resolución 49/221 B, de 23 de diciembre de
1994, y destaca que la publicación a tiempo de las actas literales constituye una
parte importante de los servicios brindados a los Estados Miembros;
V
Asuntos relacionados con la traducción y la interpretación
1.
Solicita al Secretario General que redoble sus esfuerzos por asegurar que
se prestan servicios de interpretación y traducción de la más alta calidad en todos
los idiomas oficiales;
2.
Reitera su solicitud de que el Secretario General asegure que la
terminología utilizada en los servicios de traducción e interpretación refleje la
terminología y las normas lingüísticas más recientes de los idiomas oficiales a fin de
asegurar la más alta calidad;
3.
Reafirma lo dispuesto en la sección V, párrafo 4, de su resolución 66/233,
y reitera su solicitud de que el Secretario General, al contratar personal temporario
en los servicios de idiomas, mediante contratos internacionales o locales, según
proceda, vele por que se dé a todos los servicios el mismo trato y se les
proporcionen recursos y condiciones de trabajo igualmente favorables con miras a
lograr que su labor sea de la más alta calidad, respetando plenamente las
características particulares de cada uno de los seis idiomas oficiales y teniendo en
cuenta el volumen de trabajo de cada servicio;
4.
Reitera su solicitud de que el Secretario General examine otras medidas
encaminadas a reducir las tasas de vacantes en la Oficina de las Naciones Unidas en
Nairobi, y solicita al Secretario General que la informe al respecto en su sexagésimo
octavo período de sesiones;
5.
Solicita al Secretario General que organice concursos para la
contratación de personal lingüístico con antelación suficiente a fin de llenar
oportunamente las vacantes existentes y futuras en los servicios de idiomas, y que la
informe en su sexagésimo octavo período de sesiones de lo que se haya hecho a ese
respecto;
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