A/RES/51/235
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12.
Toma nota de la decisión del Gobierno de Grecia de destinar a ese
fin, a título excepcional, para el período comprendido entre el 1º de julio de
1997 y el 30 de junio de 1998, la cantidad de 2.768.667 dólares de su
contribución voluntaria anual a la Fuerza de 6,5 millones de dólares;
13.
Invita a que se hagan contribuciones voluntarias a la Fuerza,
tanto en efectivo como en forma de servicios y suministros que sean aceptables
para el Secretario General, las cuales se administrarán, según proceda, con
arreglo al procedimiento y las prácticas establecidos por la Asamblea General;
14.
Pide al Secretario General que encargue a la Oficina de Servicios
de Supervisión Interna un examen de los acontecimientos y circunstancias que
originaron la obligación de las Naciones Unidas de abonar una indemnización
por rescisión de nombramiento a los civiles contratados localmente para la
Fuerza, incluidos todos los aspectos relacionados con la responsabilidad y las
obligaciones del personal de las Naciones Unidas, y que le presente un informe
al respecto;
15.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo
segundo período de sesiones el tema titulado "Financiación de la Fuerza de las
Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre".
101a. sesión plenaria
13 de junio de 1997