A/RES/48/240
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personal estimados en 605.200 dólares aprobados para la Operación en
Mozambique para el período comprendido entre el 1º de noviembre de 1993 y el
30 de abril de 1994;
14.
Decide que se acredite a las sumas resultantes del prorrateo entre
los Estados Miembros indicado en el párrafo 12 supra la parte que les
corresponda del saldo no comprometido de 21.527.100 dólares en cifras brutas
(21.212.300 dólares en cifras netas) para el período comprendido entre el 1º
de julio y el 31 de octubre de 1993;
15.
Autoriza al Secretario General a contraer compromisos para la
Operación Mozambique por una suma no superior a 26,9 millones de dólares en
cifras brutas por mes por un período de hasta tres meses a partir del 1º de
mayo de 1994, con sujeción a que el Consejo de Seguridad decida prorrogar el
mandato de la Operación más allá del 30 de abril de 1994, en cuyo caso se
prorrateará entre los Estados Miembros la suma de 53,8 millones de dólares, de
conformidad con el plan establecido en la presente resolución;
16.
Pide al Secretario General:
a)
Que presente para el 1º de junio de 1994 estimaciones de costo
completo para el período del mandato de la Operación en Mozambique posterior
al 30 de abril de 1994 que hubiese determinado el Consejo de Seguridad, con
indicación de las consecuencias financieras de las medidas que el Consejo
pudiera adoptar después de la presentación del informe de ejecución que el
Secretario General ha de presentar al Consejo en abril de 1994 en atención al
párrafo 13 de la resolución 882 (1993) del Consejo;
b)
Que mantenga en examen los niveles actuales de la autorización
para contraer compromisos a la luz del establecimiento del componente de
policía civil y, en caso necesario, formule otras propuestas al respecto;
17.
Invita a que se hagan contribuciones voluntarias a la Operación en
Mozambique tanto en efectivo como en forma de servicios y suministros que sean
aceptables para el Secretario General, las cuales se administrarán, según
convenga, con arreglo al procedimiento establecido por la Asamblea General en
sus resoluciones 43/230, de 21 de diciembre de 1988, 44/192 A, de 21 de
diciembre de 1989, y 45/258, de 3 de mayo de 1991;
18.
Pide al Secretario General que adopte todas las medidas necesarias
para garantizar que todas las actividades de las Naciones Unidas relacionadas
con la Operación en Mozambique se administren bajo la autoridad de su
Representante Especial en forma coordinada, con el máximo de eficiencia y
economía y de conformidad con el mandato pertinente, y que incluya información
sobre las disposiciones adoptadas a ese respecto en su informe sobre la
financiación de la Operación;
19.
Decide incluir en el programa provisional de su cuadragésimo
noveno período de sesiones el tema titulado "Financiación de la Operación de
las Naciones Unidas en Mozambique".
91ª sesión plenaria
24 de marzo de 1994