A/RES/70/219 La mujer en el desarrollo 6. Pone de relieve la necesidad de vincular las políticas de desarrollo económico, social y ambiental para asegurar que todas las personas, en particular las mujeres y los niños que viven en la pobreza y en situación de vulnerabilidad, se beneficien del crecimiento económico inclusivo y el desarrollo, de conformidad con los objetivos del Consenso de Monterrey de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 10, de la Declaración de Doha sobre la Financiación del Desarrollo: documento final de la Conferencia Internacional de Seguimiento sobre la Financiación para el Desarrollo Encargada de Examinar la Aplicación del Consenso de Monterrey 12, y la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 28; 7. Insta a los Estados Miembros, las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales a que aceleren sus esfuerzos y proporcionen recursos suficientes para dar mayor voz a la mujer y logra r su plena participación, en condiciones de igualdad, en todos los órganos encargados de adoptar decisiones en los niveles más altos de gobierno y en las estructuras de gobernanza de las organizaciones internacionales, incluso mediante la eliminación de los estereotipos de género en los nombramientos y ascensos, incrementar su capacidad como agente del cambio y empoderarla para que participe activa y efectivamente en la formulación, aplicación, supervisión, evaluación y presentación de informes sobre políticas, estrategias y programas nacionales de desarrollo sostenible, erradicación de la pobreza y protección del medio ambiente; 8. Reconoce las iniciativas intergubernamentales en curso para hacer realidad la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer, e insta al sistema de las Naciones Unidas a que siga desplegando esfuerzos para lograr el equilibrio de género en los nombramientos para puestos de todos los cuadros de personal, incluidos el Cuadro Orgánico y las categorías superiores, del sistema de las Naciones Unidas en la Sede y a niveles regional y nacional, teniendo presente el principio de la representación geográfica equitativa, atendiendo debidamente a la representación de mujeres de países en desarrollo, y en el convencimiento de que es necesario garantizar la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres para acceder a cargos superiores con funciones decisorias, en particular el de Secretario General, habida cuenta de la necesidad de seleccionar al mejor candida to; 9. Alienta a los Estados Miembros a que continúen aumentando, según proceda, la participación de la sociedad civil, incluidas las organizaciones de mujeres, en los procesos de adopción de decisiones gubernamentales en las esferas de las políticas nacionales, como la del desarrollo sostenible; 10. Alienta a los Estados Miembros y al sistema de las Naciones Unidas a que garanticen que se preste atención sistemáticamente y se ofrezca reconocimiento y apoyo al papel fundamental que desempeña la mujer en la prevención y la solución de conflictos, en las actividades de mediación y consolidación de la paz y en la reconstrucción de las sociedades después de un conflicto, entre otros medios, fomentando la capacidad, el liderazgo, la participación y la contribu ción de la mujer en lo relacionado con la adopción de decisiones políticas y económicas y, en este sentido, a que promuevan una política activa y visible de integración de una perspectiva de género en todas las políticas y los programas; 11. Insta a los Estados Miembros a que promuevan la integración de una perspectiva de género en las políticas relacionadas con el medio ambiente y el _______________ 28 8/17 Resolución 69/313, anexo.

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents