A/RES/57/305
33. Pide al Secretario General que disponga que los jefes de los departamentos
correspondientes deben rendir cuenta de la ejecución de los planes de acción en materia de
recursos humanos y que se asegure de que ellos, a su vez, tengan debidamente presente la
representación geográfica equitativa cuando consideren a los candidatos incluidos en las
listas aprobadas por los órganos centrales de examen y en las listas para llenar futuras
vacantes y que le presente un informe anual sobre el progreso hecho por los departamentos
en la ejecución de sus respectivos planes de acción en materia de recursos humanos;
34. Reafirma la política establecida en virtud de la cual se recurre a personal
temporario para reemplazar al personal en uso de licencia prolongada de enfermedad o
licencia de maternidad o para desempeñar tareas imprescindibles que, por haber vacantes,
no pueden ser desempeñadas por el personal ordinario;
35. Pide al Secretario General que informe de las funciones, los factores
operacionales pertinentes y la incidencia del personal temporario nombrado para ocupar
puestos del cuadro orgánico y categorías superiores durante menos de un año con arreglo a
las disposiciones de la serie 100 del Reglamento del Personal de las Naciones Unidas y las
consecuencias que ello tiene para los nombramientos sustantivos en la Secretaría;
36. Invita al Secretario General a que considere la posibilidad de incluir la cuestión
de la representación geográfica equitativa en las secretarías de las organizaciones del
sistema de las Naciones Unidas en el programa de la Junta de Jefes Ejecutivos del Sistema
de las Naciones Unidas para la Coordinación y que le informe al respecto en su
quincuagésimo noveno período de sesiones;
37. Reafirma que, de conformidad con sus resoluciones 41/206 A, de 11 de
diciembre de 1986, 53/221 y 55/258, ningún puesto será considerado patrimonio exclusivo
de un Estado Miembro o grupo de Estados, incluso en las categorías más elevadas, y pide
al Secretario General que vele por que, por norma general, ningún nacional de un Estado
Miembro suceda a un nacional de ese Estado en un puesto de categoría superior y que no
exista un monopolio en los puestos de categoría superior por parte de nacionales de ningún
Estado o grupo de Estados y que le informe al respecto en su quincuagésimo noveno
período de sesiones;
38. Reitera su petición al Secretario General de que adopte todas las medidas
necesarias para garantizar, a nivel de las categorías superiores y de formulación de
políticas de la Secretaría, la representación equitativa de los Estados Miembros, en especial
los que están inadecuadamente representados en esos niveles, incluidos los que no están
representados o tienen una representación insuficiente, en particular los países en
desarrollo, de conformidad con las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, y de
que siga incluyendo la información de interés sobre esta cuestión en todos los informes
futuros sobre la composición de la Secretaría;
39. Reitera su solicitud formulada en el párrafo 2 de la sección XIV de su
resolución 55/258, en que se recordó su resolución 53/221, incluida la reafirmación del
objetivo de que para el año 2000 las mujeres ocupasen el 50% de los puestos en todas las
categorías del sistema de las Naciones Unidas, especialmente en la categoría D-1 y
categorías superiores, con pleno respeto del principio de la distribución geográfica
equitativa, de conformidad con el Artículo 101 de la Carta, y teniendo en cuenta asimismo
que las mujeres de ciertos países, sobre todo de los países en desarrollo y los países con
economías en transición, siguen sin estar representadas o estando insuficientemente
representadas;
40. Reitera el párrafo 8 de la sección III.C de su resolución 51/226, en el que
alentó firmemente a los Estados Miembros a que apoyaran las actividades que realizaban
las Naciones Unidas y los organismos especializados para aumentar la proporción de
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