Intensificación de los esfuerzos para eliminar todas
las formas de violencia contra la mujer y la niña
A/RES/69/147
24. Destaca que en el sistema de las Naciones Unidas deben asignarse
recursos suficientes a la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género
y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) y a otros órganos, los
organismos especializados, fondos y programas encargados de promover la igualdad
entre los géneros, el empoderamiento de la mujer y los derechos humanos de la
mujer y la niña, así como a las iniciativas emprendidas en todo el sistema de las
Naciones Unidas para prevenir y eliminar la violencia contra la mujer y la niña, y
exhorta al sistema de las Naciones Unidas a que facilite el apoyo y los recursos
necesarios;
25. Destaca también la importancia de la base de datos del Secretario
General sobre la violencia contra la mujer, expresa su aprecio a todos los Estados
que han aportado información a la base de datos, entre otras cosas, acerca de las
políticas y los marcos jurídicos que han adoptado para eliminar la violencia contra
la mujer y apoyar a las víctimas de dicha violencia, alienta enérgicamente a todos
los Estados a que aporten periódicamente información actualizada a la base de
datos, y exhorta a todas las entidades competentes del sistema de las Naciones
Unidas a que sigan prestando apoyo a los Estados que lo soliciten para reunir y
actualizar periódicamente la información correspondiente y aumentar el
conocimiento de la base de datos entre todos los interesados pertinentes, incluida la
sociedad civil;
26. Reconoce la labor realizada por la División de Estadística del
Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría, en respuesta a la
solicitud de la Comisión de Estadística, con el fin de elaborar directrices de apoyo a
los Estados Miembros para la preparación de estadísticas sobre la violencia contra la
mujer y la niña;
27. Exhorta a todos los órganos, las entidades, los fondos y programas y a
los organismos especializados de las Naciones Unidas a que intensifiquen sus
iniciativas a todos los niveles para eliminar todas las formas de violencia contra la
mujer y la niña y a que coordinen mejor su labor con miras a incrementar el apoyo
efectivo a las iniciativas nacionales para eliminar todas las formas de violencia
contra la mujer, e invita a las instituciones de Bretton Woods a que hagan lo propio;
28. Solicita a la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus
causas y consecuencias que en sus períodos de sesiones septuagésimo y
septuagésimo primero le presente sendos informes anuales;
29. Solicita al Secretario General que en su septuagésimo primer período de
sesiones le presente un informe en que figure:
a) Información proporcionada por los órganos, fondos y programas y los
organismos especializados de las Naciones Unidas sobre sus actividades de
seguimiento realizadas en cumplimiento de la resolución 67/144 y la presente
resolución, incluida la asistencia que hayan prestado a los Estados en sus esfuerzos
por eliminar todas las formas de violencia contra la mujer;
b) Información proporcionada por los Estados sobre las actividades de
seguimiento realizadas en cumplimiento de la presente resolución;
30. Solicita también al Secretario General que presente a la Comisión de la
Condición Jurídica y Social de la Mujer en sus períodos de sesiones 59° y 60° un
informe oral que incluya información suministrada por los órganos, fondos y
programas y los organismos especializados de las Naciones Unidas sobre las
actividades que hayan llevado a cabo recientemente para aplicar las resoluciones
65/187 y 67/144, así como la presente resolución, en particular sobre los progresos
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