A/RES/48/41
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Profundamente preocupada también por la situación imperante en el
territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén, y en los demás territorios
árabes ocupados por Israel desde 1967, resultante de las medidas y acciones de
Israel, la Potencia ocupante, que tienen por objeto alterar la condición
jurídica, el carácter geográfico y la composición demográfica de esos
territorios,
Preocupada por la peligrosa situación resultante de las medidas
adoptadas por los colonos ilegales armados en el territorio ocupado,
Convencida del efecto favorable de la presencia internacional en el
territorio palestino ocupado para asegurar el cumplimiento de las
disposiciones del Convenio de Ginebra relativo a la protección de personas
civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 1949 1/,
Reafirmando que ese Convenio es aplicable al territorio palestino
ocupado, incluida Jerusalén, y a los demás territorios árabes ocupados por
Israel desde 1967,
Acogiendo con agrado la firma, el 13 de septiembre de 1993 en
Washington, de la Declaración de Principios sobre las Disposiciones
Relacionadas con un Gobierno Autónomo Provisional, incluidos sus Anexos y sus
Actas Convenidas, por el Gobierno del Estado de Israel y la Organización de
Liberación de Palestina 6/,
1.
Desclara que todas las medidas y decisiones adoptadas por Israel,
la Potencia ocupante, en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén,
en violación de las disposiciones pertinentes del Convenio de Ginebra relativo
a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de
1949 1/, y en contravención de las resoluciones pertinentes del Consejo de
Seguridad, son ilegales y carentes de validez, y exige que Israel desista
inmediatamente de adoptar medidas o decisiones de esa índole;
2.
Exige que Israel, la Potencia ocupante, facilite el regreso de
todos los palestinos deportados del territorio palestino ocupado desde 1967;
3.
Exhorta a Israel, la Potencia ocupante, a que acelere la puesta en
libertad de todos los palestinos detenidos o encarcelados arbitrariamente;
4.
Pide a la Potencia ocupante que respete plenamente todas las
libertades fundamentales del pueblo palestino, entre ellas la libertad de
enseñanza, incluso el libre funcionamiento de las escuelas, universidades y
otras instituciones de enseñanza;
5.
Reafirma que los asentamientos israelíes en el territorio
palestino ocupado, incluida Jerusalén, y en los demás territorios árabes
ocupados por Israel desde 1967 son ilegales y constituyen un obstáculo para la
paz;
6.
Pide al Secretario General que en su cuadragésimo noveno período
de sesiones le informe sobre la aplicación de la presente resolución.
75a sesión plenaria
10 de diciembre de 1993
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