A/RES/56/25 voluntarias al Fondo Fiduciario, a fin de impulsar el programa de trabajo del Comité Consultivo Permanente; 14. Pide al Secretario General que continúe proporcionando asistencia a los Estados miembros del Comité Consultivo Permanente para que puedan seguir llevando a cabo sus actividades; 15. Pide también al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo séptimo período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución; 16. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo séptimo período de sesiones el tema titulado “Medidas de fomento de la confianza en el plano regional: actividades del Comité Consultivo Permanente de las Naciones Unidas encargado de las cuestiones de seguridad en el África central”. 68ª sesión plenaria 29 de noviembre de 2001 B C ONVENCIÓN SOBRE LA P ROHIBICIÓN DE LA U TILIZACIÓN DE A RMAS N UCLEARES La Asamblea General, Convencida de que la utilización de armas nucleares constituye la mayor amenaza para la supervivencia de la humanidad, Teniendo presente la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia, de 8 de julio de 1996, sobre la Legalidad de la amenaza o el empleo de armas nucleares 6, Convencida de que un acuerdo multilateral, universal y vinculante que prohíba la utilización o la amenaza de la utilización de armas nucleares contribuiría a eliminar la amenaza nuclear y a crear un clima propicio para la celebración de negociaciones conducentes a la eliminación definitiva de las armas nucleares, fortaleciendo así la paz y la seguridad internacionales, Consciente de que algunas medidas adoptadas por los Estados Unidos de América y la Federación de Rusia para reducir sus armas nucleares y mejorar el clima internacional pueden contribuir al logro del objetivo de la eliminación total de las armas nucleares, Recordando que en el párrafo 58 del Documento Final del décimo período extraordinario de sesiones de la Asamblea General 7 se declara que todos los Estados deberían participar activamente en los esfuerzos por crear, en las relaciones internacionales entre Estados, condiciones en que se pueda convenir en un código de conducta pacífica de las naciones en los asuntos internacionales y que excluyan la utilización o la amenaza de la utilización de armas nucleares, Reafirmando que toda utilización de armas nucleares constituiría una violación de la Carta de las Naciones Unidas y un crimen de lesa humanidad, como declaró en sus resoluciones 1653 (XVI), de 24 de noviembre de 1961, 33/71 B, de 14 de _______________ 6 A/51/218, anexo; véase también Legality of the Threat or Use of Nuclear Weapons, Advisory Opinion, ICJ Reports 1996, pág. 226. 7 Resolución S-10/2. 4

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