Aumentar la participación de representantes e instituciones
representativas de los Pueblos Indígenas en las reuniones de los órganos
competentes de las Naciones Unidas sobre los asuntos que les conciernen
A/RES/80/303
3.
Solicita al Secretario General que, con los recursos disponibles, recopile
información de los Estados Miembros y los Pueblos Indígenas de las siete regiones
socioculturales sobre las formas de reconocer a los representantes y las instituciones
representativas de los Pueblos Indígenas y las prácticas existentes al respecto, y sobre
los posibles obstáculos a la participación, entre otros los lingüísticos, los de
accesibilidad y los tecnológicos, las limitaciones financieras y las dificultades de
procedimiento, antes del octogésimo tercer período de sesiones de la Asamblea
General, para respaldar la aplicación de las resoluciones pertinentes;
4.
Alienta a los Gobiernos, las organizaciones intergubernamentales y no
gubernamentales y otras entidades privadas y públicas a que sigan aportando
contribuciones al Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para
los Pueblos Indígenas con el fin de ayudar a los representantes y las instituciones
representativas de los Pueblos Indígenas a participar en el proceso de consultas sobre
las disposiciones de procedimiento e institucionales necesarias para hacer posible la
participación de representantes e instituciones representativas de los Pueblos
Indígenas en las reuniones de los órganos competentes de las Naciones Unidas sobre
los asuntos que les conciernen, e invita al Fondo de Contribuciones Voluntarias de las
Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas a que, en el marco de sus normas y
procedimientos, facilite la participación de representantes e instituciones
representativas de los Pueblos Indígenas en tales reuniones, teniendo en cuenta y
promoviendo una representación regional, de género e intergen eracional equilibrada;
5.
Alienta al Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas, al Mecanismo
de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y al Relator Especial sobre
los derechos de los Pueblos Indígenas a que, al promover la Declaración de las
Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, sigan teniendo en
cuenta el tema del aumento de la participación de representantes e instituciones
representativas de los Pueblos Indígenas en las Naciones Unidas en relación con los
asuntos que les conciernen;
6.
Continúa alentando a que se redoblen los esfuerzos para facilitar la
participación de representantes e instituciones representativas de los Pueblos
Indígenas en las reuniones de los órganos competentes de las Naciones Unidas sobre
los asuntos que les conciernen, conforme a sus respectivos reglamentos, entre otras
cosas mediante la inclusión de representantes e instituciones representativas de los
Pueblos Indígenas en las modalidades de las conferencias, las cumbres y otras
reuniones sobre los asuntos que les conciernen convo cadas por las Naciones Unidas,
conforme a las decisiones al respecto adoptadas por la organización o el órgano
responsable de esas reuniones.
109 a sesión plenaria
31 de agosto de 2026
26-12729
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