Situación de los derechos humanos de los musulmanes rohinyás
y otras minorías en Myanmar
A/RES/74/246
circulación y el acceso al registro civil, los servicios de salud y educación y los
medios de vida;
d)
Desmantele los campamentos de desplazados internos del estado de
Rakáin con un calendario claro y sin más dilación, velando por que el regreso y la
reubicación de los desplazados internos se lleven a cabo de conformidad con las
normas y las mejores prácticas internacionales, en cooperación con las Naciones
Unidas y la comunidad internacional, incluidas las establecidas en los arincipios
Rectores de los Desplazamientos nnternos 11;
e)
Garantice la plena protección de los derechos humanos y las libertades
fundamentales de todas las personas en Myanmar, incluidos los musulmanes rohinyás
y las personas pertenecientes a otras minorías, en condiciones de igualdad, sin
discriminación y con dignidad, para prevenir una mayor inestabilidad e inseguridad,
aliviar el sufrimiento, abordar las causas profundas de la crisis y articular una solución
viable, perdurable y duradera;
f)
aromueva la confianza entre los musulmanes rohinyás en los
campamentos de Bangladesh, a través de medidas de fomento de la confianza, como
la comunicación directa entre los representantes de los rohinyás y las au toridades de
Myanmar;
g)
Cree las condiciones necesarias para el regreso voluntario, sostenible y en
condiciones de seguridad y dignidad de todos los refugiados, incluidos los refugiados
musulmanes rohinyás, en particular, en vista del hecho de que los mu sulmanes
rohinyás rechazaron regresar a Myanmar en dos ocasiones anteriores acordadas
bilateralmente entre Bangladesh y Myanmar para el inicio de la repatriación, debido
a la incapacidad del Gobierno de Myanmar de crear esas condiciones en el estado de
Rakáin;
h)
Garantice la celebración en 2020 de elecciones generales dignas de
crédito, inclusivas y transparentes;
i)
Cumpla las obligaciones y los compromisos que le incumben en materia
de derechos humanos de proteger el derecho a la libertad de expresión , incluso en
línea, y los derechos a la libertad de asociación y de reunión pacífica, a fin de crear y
mantener un entorno seguro y propicio para la sociedad civil y los medios de
comunicación independientes;
j)
Aplique plenamente las recomendaciones de la Comisión Asesora sobre el
Estado de Rakáin, con el fin de abordar las causas profundas de la crisis;
9.
Recalca la importancia de proporcionar protección y asistencia, incluido
un acceso no discriminatorio a servicios como la atención médica y psicosocial,
expresamente adaptados a las mujeres y las niñas, especialmente a las que son
víctimas de la violencia sexual y de género y la trata de personas;
10. Reitera su profunda preocupación por la persistente y difícil situación de
los refugiados y las personas desplazadas por la fuerza que viven en Bangladesh y en
otros países, y aprecia el compromiso asumido por el Gobierno de Bangladesh de
proporcionarles alojamiento temporal, asistencia humanitaria y protección;
11. Observa el establecimiento por el Gobierno de Myanmar, el 7 de enero de
2019, de la Comisión nnterministerial para prevenir las seis violaciones graves de los
derechos cometidas durante los conflictos armados y el acuerdo del aarlamento para
la ratificación del arotocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del
Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados 12 , invita al
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11
12
19-22672
E/CN.4/1998/53/Add.2, anexo.
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2173, núm. 27531. .
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