A/HRC/RES/58/18 Expresando gran preocupación por las violaciones de los derechos civiles y políticos registradas durante los preparativos y la celebración de las elecciones de marzo de 2024 en las regiones autónomas de la Costa Caribe Norte y la Costa Caribe Sur, en contravención de las obligaciones de Nicaragua de garantizar el derecho de todos los ciudadanos a participar en la dirección de los asuntos públicos y de votar y ser elegidos en elecciones periódicas y auténticas, en particular por el hecho de que el Gobierno de Nicaragua siga sin implementar reformas electorales e institucionales con miras a garantizar unas elecciones libres, limpias y celebradas de manera transparente, por la aprobación y la constante utilización de disposiciones jurídicas orientadas explícitamente a restringir la capacidad de los ciudadanos nicaragüenses para participar en el proceso político, o susceptibles de ser utilizadas para tal fin, por la persistente exclusión de los comicios de partidos políticos que han visto su personalidad jurídica cancelada de manera arbitraria, y por las detenciones e inhabilitaciones de opositores políticos en los meses anteriores a las elecciones, Expresando suma preocupación por el empeoramiento de la situación de las personas desplazadas por la fuerza y por la tendencia persistente al desplazamiento forzado, encomiando a los Estados vecinos y otros Estados de la región por sus continuos esfuerzos para recibir y acoger a los migrantes, refugiados, solicitantes de asilo y apátridas procedentes de Nicaragua, y reconociendo al mismo tiempo las consecuencias y desafíos socioeconómicos que ello supone para esos Estados y sus respectivas poblaciones, Expresando gran preocupación por la aprobación y el uso persistente de disposiciones jurídicas que tienen como objetivo explícito restringir la capacidad de la ciudadanía nicaragüense para ejercer sus libertades fundamentales, o que se han utilizado o podrían utilizarse para ello; por el amplio alcance de la Ley de Amnistía de 2019; y por las medidas legislativas adoptadas por el Gobierno de Nicaragua, como la modificación de algunas disposiciones del Código Penal y la promulgación de la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros (Ley núm. 1040), la Ley Especial de Ciberdelitos (Ley núm. 1042), la Ley contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (Ley núm. 977), la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz (Ley núm. 1055) y la Ley General de Regulación y Control de Organismos sin Fines de Lucro (Ley núm. 1115), la modificación del artículo 21 de la Constitución y la aprobación de la Ley Especial que Regula la Pérdida de la Nacionalidad Nicaragüense (Ley núm. 1145), las cuales, en contravención del derecho internacional de los derechos humanos, impiden a las víctimas de violaciones de los derechos humanos ejercer su derecho a un recurso efectivo, que puede incluir medidas de reparación y el derecho a la verdad, y restringen aún más los derechos a la libertad de opinión y de expresión, de asociación, de reunión pacífica y de circulación, el derecho a una nacionalidad, el derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos y el derecho a la vida privada, reconocidos todos ellos en el derecho internacional, lo que limita injustificadamente las actividades de los defensores de los derechos humanos y la sociedad civil, Expresando alarma por la cancelación de la personalidad jurídica de al menos 38 universidades, la posterior confiscación de sus cuentas bancarias y activos por el Estado y la cancelación y supresión de expedientes y títulos académicos, y por las reformas promulgadas mediante la aprobación de la Ley núm. 1114 y la Ley núm. 1176, que han permitido el control partidista de las juntas directivas de las universidades restantes y otorgado a la Presidencia el control de iure del sistema de enseñanza superior, asilo que ha socavado gravemente el derecho a la educación, la libertad académica y la autonomía de las universidades y ha afectado directamente a más de 37.000 estudiantes, Condenando el aumento de las reclusiones arbitrarias y las desapariciones forzadas —incluidas las practicadas en el contexto del proceso electoral regional de 2024— de, entre otros, dirigentes políticos, periodistas y otros trabajadores de los medios de comunicación, defensores de los derechos humanos, líderes religiosos, empresarios, Pueblos Indígenas, afrodescendientes, pequeños agricultores y miembros del movimiento campesino, personas del mundo académico y estudiantes, artistas y trabajadores del mundo de la cultura, miembros de organizaciones de la sociedad civil y organizaciones religiosas, y familiares de disidentes reales o percibidos, y expresando gran preocupación por su integridad, el trato que reciben y sus condiciones de reclusión, incluido su estado de salud, que pueden ser constitutivas de GE.25-06133 3

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