Cuestión de la Polinesia Francesa
A/RES/73/112
información pública para ayudar a los pueblos de los Territorios a comprende r mejor
las distintas opciones en lo que respecta a la libre determinación,
Recordando que la Polinesia Francesa fue admitida como miembro de pleno
derecho del Foro de las Islas del Pacífico en el 47º Foro de las Islas del Pacífico,
celebrado en Pohnpei (Estados Federados de Micronesia) del 8 al 10 de septiembre
de 2016,
Tomando nota de la declaración realizada en octubre de 2017 por el Presidente
de la Polinesia Francesa ante la Comisión Política Especial y de Descolonización
(Cuarta Comisión) durante el septuagésimo segundo período de sesiones de la
Asamblea General,
Tomando nota también de que un representante del Gobierno del Territorio
participó en el seminario regional, que en 2018 tuvo lugar del 9 al 11 de mayo en
Saint George,
Haciendo notar las elecciones legislativas celebradas en abril y mayo de 2018,
1.
Reafirma el derecho inalienable del pueblo de la Polinesia Francesa a la
libre determinación, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y con la
resolución 1514 (XV), en la que figura la Declaración sobre la Concesión de la
Independencia a los Países y Pueblos Coloniales;
2.
Reafirma también que, en último término, corresponde al propio pueblo
de la Polinesia Francesa decidir libremente su estatuto político futuro, de conformidad
con las disposiciones pertinentes de la Carta, la Declaración y las resoluciones
pertinentes de la Asamblea General y, a ese respecto, exhorta a la Potencia
administradora a que, en colaboración con el Gobierno del Territorio y los órganos
competentes del sistema de las Naciones Unidas, elabore programas de educación
política para el Territorio a fin de que la población de la Polinesia Francesa tome
conciencia de su derecho a la libre determinación en el marco de sus opciones
legítimas sobre el estatuto político, sobre la base de los principios claramente
definidos en su resolución 1541 (XV) y otras resoluciones y decisiones pertinentes;
3.
Recuerda la solicitud, formulada durante el seminario regional del Caribe
de 2017 por un representante del Gobierno del Territorio, de que se eliminara a la
Polinesia Francesa de la lista de Territorios No Autónomos, y toma nota de la
resolución núm. 2013-3, aprobada por la Asamblea de la Polinesia Francesa el 30 de
mayo de 2013, que revocó la resolución de la Asamblea aprobada en 2011 en la que
se solicitaba la reinscripción de la Polinesia Francesa en dicha lista;
4.
Reafirma, a este respecto, la resolución 67/265 de la Asamblea General,
en la que se preveía la reinscripción de la Polinesia Francesa en la lista de Territorios
No Autónomos, y toma cuidadosa nota de una evaluación independiente del gobierno
autónomo del Territorio, presentada a la Comisión Política E special y de
Descolonización (Cuarta Comisión) el 4 de octubre de 2016 7, en la que se señalaba
que el Territorio no había alcanzado plenamente el autogobierno;
5.
Exhorta a la Potencia administradora a que participe y coopere plenamente
en la labor del Comité Especial encargado de Examinar la Situación con respecto a la
Aplicación de la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y
Pueblos Coloniales a fin de aplicar las disposiciones del Artículo 73 e de la Carta y
las de la Declaración y de asesorar al Comité Especial sobre la aplicación de lo
dispuesto en el Artículo 73 b de la Carta, relativo a la labor de promover el
autogobierno de la Polinesia Francesa, y alienta a la Potencia administradora a que
facilite el envío de misiones visitadoras y especiales al Territorio;
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18-21500
Véase A/C.4/71/SR.3, párrs. 71 y 72.
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