A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/41
7 de enero de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 67 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/51/566/Add.7)]
51/41.
Creación de una zona libre de armas
nucleares en la región del Oriente Medio
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 3263 (XXIX), de 9 de diciembre de 1974, 3474
(XXX), de 11 de diciembre de 1975, 31/71, de 10 de diciembre de 1976, 32/82,
de 12 de diciembre de 1977, 33/64, de 14 de diciembre de 1978, 34/77, de 11 de
diciembre de 1979, 35/147, de 12 de diciembre de 1980, 36/87 A y B, de 9 de
diciembre de 1981, 37/75, de 9 de diciembre de 1982, 38/64, de 15 de diciembre
de 1983, 39/54, de 12 de diciembre de 1984, 40/82, de 12 de diciembre de 1985,
41/48, de 3 de diciembre de 1986, 42/28, de 30 de noviembre de 1987, 43/65, de
7 de diciembre de 1988, 44/108, de 15 de diciembre de 1989, 45/52, de 4 de
diciembre de 1990, 46/30, de 6 de diciembre de 1991, 47/48, de 9 de diciembre
de 1992, 48/71, de 16 de diciembre de 1993, 49/71, de 15 de diciembre de 1994,
y 50/66, de 12 de diciembre de 1995, sobre la creación de una zona libre de
armas nucleares en la región del Oriente Medio,
Recordando también las recomendaciones relativas a la creación de esa
zona en el Oriente Medio, de conformidad con los párrafos 60 a 63 y, en
particular, el inciso d) del párrafo 63 del Documento Final del décimo período
extraordinario de sesiones de la Asamblea General1,
Haciendo hincapié en las disposiciones básicas de las resoluciones
mencionadas que instan a todas las partes directamente interesadas a que
consideren la adopción de las medidas prácticas y urgentes necesarias para dar
efecto a la propuesta de crear una zona libre de armas nucleares en la región
del Oriente Medio y, en espera de la creación de tal zona y durante el proceso
de creación, a que declaren solemnemente que se abstendrán, en régimen de
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Resolución S-10/2.
97-76030
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