A/RES/72/73
Los océanos y el derecho del mar
189. Observa también la 18ª reunión del Proceso de Consultas Oficiosas,
dedicada al tema “Efectos del cambio climático en los océanos”, en el transcurso de
la cual las delegaciones examinaron, entre otras cosas, las repercusiones ambientales,
sociales y económicas para todos los Estados, en particular para los Estados en
desarrollo, de los efectos del cambio climático en los océanos, así como la urgente
necesidad de hacer frente a esos efectos y repercusiones, la necesidad de cooperación
y coordinación internacionales, incluidas medidas concertada s e inmediatas para
combatir los efectos del cambio climático en los océanos, y la necesidad de mantener
la atención internacional coordinada en vista de que, debido a la interconexión de los
océanos, ningún Estado puede contrarrestar por sí solo los consi guientes efectos,
sobre todo dadas las graves consecuencias que acarrea la situación para los países con
costas de baja altitud, algunos de los cuales ven amenazada su misma existencia 4 ;
190. Observa además la labor del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre
el Cambio Climático, hace notar con preocupación sus conclusiones sobre la
acidificación de los océanos y los riesgos considerables para los ecosistemas marinos,
especialmente los ecosistemas polares, los arrecifes de coral, el plancton y otros
organismos que tienen exoesqueleto calcáreo, o caparazón, como los crustáceos, y las
consecuencias potencialmente dañinas para las pesquerías y los medios de vida, así
como las conclusiones de la Organización Meteorológica Mundial que figuran en su
Boletín sobre los Gases de Efecto Invernadero, de carácter anual, y observa su
decisión de promover la colaboración con organizaciones e instituciones que abordan
el presupuesto de carbono de los océanos 85, y, a este respecto, alienta a los Estados y
a las organizaciones internacionales competentes y demás instituciones pertinentes a
que realicen con urgencia, a título individual y en cooperación, nuevas
investigaciones acerca de la acidificación de los océanos, especialm ente programas
de observación y medición, observando en particular la labor que se sigue realizando
en virtud del Convenio sobre la Diversidad Biológica 86 y los párrafos 6 a 10 de la
decisión XII/23 sobre la diversidad biológica marina y costera, adoptada e n la 12ª
reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica,
que se celebró en Pyeongchang (República de Corea) del 6 al 17 de octubre de 2014 87,
y a que incrementen las iniciativas nacionales, regionales y mundiales dedica das a
abordar los niveles de acidez de los océanos y sus efectos adversos para los
ecosistemas marinos vulnerables, en particular los arrecifes de coral;
191. Observa con aprecio que, en su 43 er período de sesiones, celebrado en
Nairobi del 11 al 13 de abril de 2016, el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre
el Cambio Climático decidió elaborar un informe especial sobre el cambio climático
y los océanos y la criosfera 88;
192. Recuerda que, en el documento “El futuro que queremos”, los Estados
pidieron que se apoyaran las iniciativas para hacer frente a la acidificación de los
océanos y los efectos del cambio climático en los ecosistemas y recursos marinos y
costeros y, a este respecto, reiteraron la necesidad de trabajar colectivamente para
prevenir una mayor acidificación de los océanos, así como para aumentar la
resiliencia de los ecosistemas marinos y las comunidades cuyos medios de vida
dependen de ellos y apoyar las investigaciones científicas marinas, la vigilancia y la
observación de la acidificación de los océanos y los ecosistemas especialmente
vulnerables, en particular mediante una mayor cooperación internacional al respecto;
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Organización Meteorológica Mundial, 17º Congreso Meteorológico Mundial, Ginebra, 25 de
mayo a 12 de junio de 2015, resolución 46 (Cg-17).
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1760, núm. 30619.
Véase Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, documento
UNEP/CBD/COP/12/29, secc. I.
Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, decisión IPCC/XLIII -6.
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