A/RES/72/73
Los océanos y el derecho del mar
Unidas sobre el Medio Ambiente en su próximo período de sesiones, con sujeción a
la disponibilidad de recursos para ese fin;
212. Acoge con beneplácito las actividades de los órganos y organizaciones
competentes de las Naciones Unidas, en particular el Programa de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente, la Organización de las Naciones Unidas para la
Alimentación y la Agricultura y la Organización Marítima Internacional, y otras
organizaciones intergubernamentales, destinadas a abordar las fuentes y los efectos
de los detritos marinos, incluso por conducto de la Alianza Mundial sobre la Basura
Marina, así como las medidas relacionadas con los detritos marinos adoptadas en
virtud del Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Convención sobre la
Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres 94, en particular la
aprobación por la Conferencia de las Partes en esa convención, en su 11ª reunión, de
la resolución 11.30 relativa a la gestión de residuos marinos, y observa la labor de
evaluación de los efectos de los detritos marinos en los cetáceos realizada por la
Comisión Ballenera Internacional;
213. Alienta a los Estados a que formen nuevas asociaciones con el sector
industrial y la sociedad civil para aumentar la conciencia sobre la magnitud de los
efectos de los detritos marinos para la biodiversidad, la salud y la productividad del
medio marino, así como las consiguientes pérdidas económicas, y a que cooperen con
otros Estados, la industria y la sociedad civil, según proceda, para adoptar medidas
ambientalmente racionales y eficaces en función de los costos para prevenir y reducir,
cuando sea procedente, los detritos marinos y los microplásticos en el medio marino,
en particular estrechando la cooperación en el marco de la Alianza Mundial sobre la
Basura Marina;
214. Insta a los Estados a que integren la cuestión de los detritos marinos en las
estrategias nacionales y, en su caso, regionales de gestión de desechos, especialm ente
en la zona costera, los puertos y el sector marítimo, incluido el reciclado, la
reutilización, la reducción y la eliminación, y a que consideren la posibilidad de
desarrollar una infraestructura integrada de gestión de desechos y alienten el
establecimiento de incentivos económicos adecuados con el fin de reducir los detritos
marinos para combatir el problema, incluida la elaboración de sistemas de
recuperación de los gastos que estimulen el uso de las instalaciones portuarias de
recepción y disuadan a los buques de verter detritos marinos al mar, y el apoyo a
medidas para prevenir, reducir y controlar la contaminación procedente de cualquier
fuente, incluidas las fuentes terrestres, tales como actividades comunitarias de
descontaminación y vigilancia en zonas costeras y cursos de agua, y alienta a los
Estados a que cooperen a nivel regional y subregional para detectar las posibles
fuentes y localizar los puntos de la costa y de los océanos donde se acumulan detritos
marinos y para preparar y ejecutar programas conjuntos de prevención y recuperación
de los detritos marinos y crear conciencia sobre la cuestión de los detritos marinos y
la necesidad de examinar opciones ambientalmente racionales para su eliminación;
215. Observa que el 4 de noviembre de 2017 se celebró en Xiamen (China), en
el marco del Foro de Cooperación Económica de Asia y el Pacífico, el Taller sobre el
Intercambio de Buenas Prácticas de Gestión de la Basura Marina en las Ciudades
Costeras de la Región del Foro;
216. Observa también la labor que realiza la Organización Marítima
Internacional para prevenir la contaminación ocasionada por los buques, en particular
mediante la designación de zonas especiales en el marco del Convenio Internacional
para Prevenir la Contaminación por los Buques, de 1973, modificado por su Protocolo
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Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1651, núm. 28395.
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