A/RES/72/73
Los océanos y el derecho del mar
la colaboración entre las Naciones Unidas y otras organizaciones
intergubernamentales en esta labor, acoge con beneplácito además el desarrollo y la
reciente divulgación de los nuevos productos mejorados para sunamis del Sistema de
Alerta de Sunamis y Atenuación de sus Efectos en el Pacífico y el desarrollo de dichos
productos para el Sistema de Alerta contra los Sunamis y otras Amenazas Costeras en
el Caribe y Regiones Adyacentes, que ayudarán a los países del Pacífico y del Caribe
a evaluar las amenazas de sunamis y emitir alertas, y alienta a los Estados Miembros
a que establezcan y mantengan sus sistemas nacionales de alerta y mitigación, en el
marco de un enfoque mundial relacionado con los océanos y aplicable a peligros
múltiples, según resulte necesario, con el fin de reducir la pérdida de vidas y los
perjuicios para las economías nacionales y de fortalecer la capacidad de recuperación
de las comunidades ribereñas frente a los desastres naturales;
290. Destaca la necesidad de seguir formulando medidas de mitigación y
preparación con respecto a los desastres naturales, en particul ar tras los sunamis
causados por terremotos, como el que afectó al Japón el 11 de marzo de 2011;
291. Insta a los Estados a que adopten las medidas necesarias y cooperen en el
marco de las organizaciones competentes, incluida la Organización de las Nacio nes
Unidas para la Alimentación y la Agricultura, la Comisión Oceanográfica
Intergubernamental y la Organización Meteorológica Mundial, con el fin de hacer
frente a los daños causados a las boyas para la obtención de datos oceanográficos que
se emplazan y funcionan conforme al derecho internacional, entre otros medios
realizando actividades de educación y divulgación sobre la importancia y finalidad
de dichas boyas, mejorando su resistencia a los daños y comunicando en mayor
medida tales daños;
292. Decide proclamar el Decenio de las Naciones Unidas de las Ciencias
Oceánicas para el Desarrollo Sostenible en el período de diez años que comenzará el
1 de enero de 2021, en el marco de las estructuras existentes y los recursos
disponibles, y exhorta a la Comisión Oceanográfica Intergubernamental a preparar un
plan de ejecución para el Decenio de las Ciencias Oceánicas en consulta con los
Estados Miembros, los organismos especializados, los fondos, programas y órganos
de las Naciones Unidas, así como con otras organizaciones intergubernamentales y
no gubernamentales y los interesados pertinentes;
293. Solicita a la Comisión Oceanográfica Intergubernamental que proporcione
información sobre la elaboración del plan de ejecución y celebre consultas periódicas
con los Estados Miembros, y los informe sobre el Decenio de las Naciones Unidas de
las Ciencias Oceánicas y su aplicación;
294. Invita al Secretario General a que la informe sobre la aplicación del
Decenio de las Naciones Unidas de las Ciencias Oceánicas mediante su informe sobre
los océanos y el derecho del mar, sobre la base de la información que proporcione la
Comisión Oceanográfica Intergubernamental;
295. Invita a ONU-Océanos y sus participantes a colaborar con la Comisión
Oceanográfica Intergubernamental en el Decenio de las Naciones Unidas de las
Ciencias Oceánicas;
XII
Proceso Ordinario de Presentación de Informes y Evaluación del Estado del
Medio Marino a Escala Mundial, incluidos los Aspectos Socioeconómicos
296. Reitera la necesidad de reforzar la evaluación científica periódica del
estado del medio marino a fin de mejorar el fundamento científico de la formulación
de políticas;
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