A/HRC/RES/55/22
septiembre de 2015, y esperando con interés la publicación de sus informes sobre otros
ataques con armas químicas en la República Árabe Siria,
Tomando nota de que la 26ª ronda de consultas entre las autoridades de la República
Árabe Siria y el Grupo de Evaluación de las Declaraciones de la Organización para la
Prohibición de las Armas Químicas tuvo lugar a principios de 2024, y exigiendo que las
autoridades de la República Árabe Siria cumplan plenamente las obligaciones que les
incumben en virtud de la resolución 2118 (2013) del Consejo de Seguridad, de 27 de
septiembre de 2013, incluida la de cooperar plenamente con la Secretaría Técnica de la
Organización,
Reconociendo la importancia de incorporar los puntos de vista de las víctimas, en
particular los de las mujeres víctimas y supervivientes, y de los familiares de los
desaparecidos, y sus demandas de verdad y justicia en las medidas adoptadas por la
comunidad internacional respecto de la República Árabe Siria,
1.
Expresa grave preocupación por el hecho de que la crisis en la República
Árabe Siria continúe y por que el conflicto se haya caracterizado por un cuadro persistente
de vulneraciones y conculcaciones graves del derecho internacional de los derechos humanos
y violaciones del derecho internacional humanitario, condena enérgicamente todas las
vulneraciones y conculcaciones y la situación actual de los derechos humanos, exige que
todas las partes en el conflicto cumplan inmediatamente sus respectivas obligaciones en
virtud del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos
humanos, y pone de relieve la necesidad de garantizar que todos los responsables de dichas
vulneraciones y conculcaciones rindan cuentas;
2.
Acoge con beneplácito el trabajo y el importante papel desempeñado por la
Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre la República Árabe Siria en el
apoyo a los esfuerzos esenciales de rendición de cuentas mediante la investigación de todas
las presuntas violaciones y conculcaciones de las normas internacionales de derechos
humanos desde marzo de 2011 en la República Árabe Siria, con el fin de establecer los hechos
y las circunstancias y apoyar los esfuerzos para garantizar que todos los autores de
violaciones y conculcaciones, que pueden incluir a los responsables de crímenes de lesa
humanidad y crímenes de guerra, sean identificados y rindan cuentas, exige que las
autoridades sirias cooperen plenamente con el Consejo y la Comisión de Investigación
concediendo a la Comisión acceso inmediato, pleno y sin restricciones a todo el territorio de
la República Árabe Siria, e insta a todos los Estados a que cooperen con la Comisión en el
desempeño de su mandato;
3.
Acoge con beneplácito también los progresos realizados en relación con la
rendición de cuentas internacional y señala la importancia de los nuevos procedimientos en
curso, como los celebrados en Coblenza (Alemania), y los esfuerzos de los Estados y las
instituciones con mandato internacional, incluido el Mecanismo Internacional, Imparcial e
Independiente para Ayudar en la Investigación y el Enjuiciamiento de los Responsables de
los Delitos de Derecho Internacional Más Graves Cometidos en la República Árabe Siria
desde Marzo de 2011, para investigar la conducta en la República Árabe Siria y, donde sea
posible, enjuiciar los delitos cometidos allí con el fin de sacar a la luz la verdad y llevar a los
autores ante la justicia; toma nota a este respecto de la histórica condena y sentencia dictada
por un tribunal en Alemania, en enero de 2022, contra un ex director del servicio de
inteligencia sirio por crímenes de lesa humanidad como parte de un ataque generalizado o
sistemático contra la población civil en la República Árabe Siria; toma nota también de que
las pruebas obtenidas por la Comisión de Investigación y el Mecanismo Internacional,
Imparcial e Independiente se utilizaron como prueba durante la investigación y el juicio, y
recuerda la potestad del Consejo de Seguridad para remitir la situación en la República Árabe
Siria a la Corte Penal Internacional;
4.
Acoge con beneplácito además los procedimientos legales iniciados por el
Canadá y el Reino de los Países Bajos ante la Corte Internacional de Justicia para exigir
responsabilidades a la República Árabe Siria por la tortura y otros tratos o penas crueles,
inhumanos o degradantes infligidos a su propio pueblo y por el incumplimiento de las
obligaciones que le incumben en virtud de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o
Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, insta al régimen sirio a que aplique
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GE.24-06466